Rechazan recurso de nulidad a Denisse Llanos y rebaja pena a Hugo Bustamante por abuso sexual
Es relevante consignar que las penas de presidio perpetuo calificado de Bustamante y Llanos se mantienen. En diciembre de 2021, el tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar condenó al hombre por violación con femicidio y a la madre de la joven por violación con homicidio.
Jueves 2 de junio de 2022 | 17:07
Durante la jornada de este jueves 2 de junio, la Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de Denisse Llanos. No obstante, rebajó la pena por abuso sexual para Hugo Bustamante en contra de la otra víctima menor de edad.
La información fue confirmada por el asesor de la Fiscalía Regional de Valparaíso, Daniel Polanco, quien explicó que lo único que se acogió fue la rebaja de la condena en dos años a Bustamante por abuso sexual con circunstancias de estupro.
No obstante, es relevante consignar que las penas de presidio perpetuo calificado de Bustamante y Llanos se mantienen. En diciembre de 2021, el tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar condenó al hombre por violación con femicidio y a la madre de la joven por violación con homicidio.
"El día de hoy la Corte Suprema ha comunicado a los intervinientes el fallo que se pronuncia sobre los recursos de nulidad que presentaron tanto la defensa de Denisse Llanos como Hugo Bustamante, desestimando el primero de manera total en el entendido que no se configuraba ningún vicio que alegaba la defensa en su escrito", comenzó explicando Polanco.
"Y en lo que dice relación con el acusado Bastamente, acogiendo solo la última de las causales subsidiarias con las cuales se generó en la práctica una disminución de dos años, de siete años a cinco años de privación de libertad, porque existió un error en la aplicación del derecho en uno de los delitos de carácter sexual que afectaba a la otra víctima que no es Ámbar Cornejo", enfatiza.
Para el asesor, esto permite "entender que la instancia de debate de estos hechos ya han terminado y lo que queda es ejecutar la sentencia en la forma que fue dictada por el tribunal oral en lo penal de Viña del Mar".
"Las penas a las que fueron condenados en primera instancia son en ambos casos de presidio perpetuo calificado por los hechos que afectados a Ámbar, además de una serie de otras penas privativas de libertad limitadas en el tiempo, pero que en su total exceden inclusive los días de privación de libertad para cada uno por los hechos de carácter sexual que se le imputaron a ambos", sentencia.