CC: Los detalles y fechas clave para el plebiscito de salida del próximo 4 de septiembre
Voto obligatorio, sufragio en el extranjero y aporte a las campañas del Apruebo o Rechazo, son sólo algunos de los detalles que deberás tener en consideración de cara al referéndum que decidirá si Chile tendrá o no su nueva carta fundamental.
Miércoles 6 de abril de 2022 | 19:49
Durante la jornada de este martes 5 de abril, el Ministerio de la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), confirmó que el plebiscito de salida para aprobar o rechazar la nueva Constitución para Chile será el próximo domingo 4 de septiembre de 2022.
Ese día se dará por finalizado el proceso constituyente, el cual fue iniciado el pasado 4 de julio de 2021, cuando los y las constituyentes se reunieron en su primera jornada en la sede del ex Congreso Nacional.
Asimismo, hay varias fechas clave hasta ahora para tener en cuenta, como el 29 de abril y el fin del trabajo de las Comisiones Temáticas, o el 16 de mayo, día en que se presentará la propuesta de nueva Constitución.
En ese contexto, entre el 17 de mayo y el 9 de junio trabajará la Comisión de Armonización, y el 23, 24, 25, y 26 del mismo mes se votarán las propuestas y las indicaciones que velarán por su concordancia, consistencia y coherencia.
Luego, el 4 de julio se presentará el texto final al presidente Gabriel Boric, y el 5 del mismo mes, la Convención Constitucional dará por finalizadas sus funciones, para luego comenzar con el proceso democrático que decidirá si es que Chile tiene o no una nueva ley fundamental.
En ese sentido, según el artículo 142 de la actual Constitución, el presidente de la República Gabriel Boric deberá convocar dentro de los próximos tres días -mediante un decreto supremo- a un plebiscito nacional, el cual deberá llevarse a cabo 60 días después, es decir, el domingo 4 de abril, fecha en la que la ciudadanía deberá Aprobar o Rechazar la nueva carta magna de Chile.
¿El voto será voluntario u obligatorio?
- Para este evento democrático, el voto será de carácter obligatorio, es decir, toda la ciudadanía deberá aprobar o rechazar la nueva Constitución.
¿Quiénes pueden votar?
- Todos y todas las ciudadanas y ciudadanos mayores de edad, es decir, quienes tengan 18 años cumplidos y más.
¿Hay multas para quienes no vayan a votar?
Según la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, habrá una multa de 0,5 a 3 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) para las personas que no lleven a cabo la votación.
¿Qué pasará con los extranjeros de nacionalidad chilena?
- Para las personas que no tienen una residencia definitiva en suelos nacionales, el sufragio será voluntario.
¿Qué pasará con quienes están fuera de Chile y no han modificado sus datos electorales?
El Servicio Electoral de Chile (Servel) ya abrió el proceso para que las personas que se encuentren fuera del país por diversas razones, y quieran participar del referéndum, puedan actualizar su domicilio electoral.
- Según el organismo, hay solo dos formas de hacerlo. Primero, ingresando a Cambiodomicilio.servel.cl con la Clave Única. No obstante, quien no cuente con la Clave Única, podrá realizar el trámite de forma presencial en las oficinas Regionales del Servel o en los Consulados respectivos.
¿Qué dice el proyecto que busca acercar a los sufragantes a los locales de votación?
Con el objetivo de facilitar la participación en el plebiscito de salida, la Segpres puso discusión inmediata a la iniciativa parlamentaria que busca georreferenciar al electorado para acercar los locales de votación según sus domicilios.
“Las indicaciones a la iniciativa -que actualmente está en segundo trámite constitucional en la Comisión de Constitución- busca adicionalmente mantener protocolos sanitarios como aforos al interior de los recintos, tal como ocurrió en los casos de las elecciones de los años 2020 y 2021, además de la adaptación de plazos para la publicación de la nómina especial de electorales mayores de 90 años”, sentenciaron en comunicado desde el gobierno.
¿Cómo operará el financiamiento de las campañas?
- Las normas incluyen aportes individuales máximos a partidos, comandos y organizaciones de la sociedad civil que participen de la propaganda electoral. Las organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro podrán participar de la campaña, pero tendrán que registrarse ante el Servicio Electoral.
- Los comandos de los partidos y organizaciones civiles deberán también registrarse. Todos los aportes deberán registrarse en el Servel. Quedan prohibidos los aportes provenientes del extranjero.
¿Las publicaciones de las personas en las redes sociales se considerarán campaña?
- No se entenderá como propaganda electoral la difusión de ideas efectuada por cualquier medio, incluidos los digitales, o comunicaciones a través de páginas web, redes sociales, telefonía y correos electrónicos, realizadas por personas naturales (seres humanos) en ejercicio de la libertad de expresión.
¿Qué es lo que finalmente se preguntará?
- En el voto dirá: "¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?". Asimismo, abajo estará el espacio para marcar una de las dos preferencias: Apruebo o Rechazo.
¿Qué pasa si se aprueba la nueva Constitución?
- El presidente de la República debe convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la nueva Constitución. Dicho texto será publicado en el Diario Oficial dentro de los diez días siguientes a su promulgación y entrará en vigencia en dicha fecha.
¿Qué pasa si en ese plebiscito gana el rechazo?
- Continuará vigente la Constitución de 1980.
¿Cuál es el quórum del plebiscito de salida?
- La decisión tomada en el plebiscito de salida será con el 50% más uno de los votos.