Byron Castillo: Las sanciones que establece la FIFA en su Código Disciplinario por un jugador "no convocable"
En total son dos los artículos que correrían en el caso de que el ente rector del fútbol confirme las irregularidades respecto a la nacionalidad del jugador.
Miércoles 11 de mayo de 2022 | 21:23
Durante la mañana de este miércoles 11 de mayo, la Federación Internacional de Fútbol (FIFA) se pronunció por vez primera y de manera pública por el caso de Byron Castillo, jugador acusado de no tener la nacionalidad ecuatoriana y que defendió a la TRI en las recientes Clasificatorias a Qatar 2022.
Asimismo, el ente rector del fútbol mundial confirmó que iniciará una investigación por "posible incumplimiento de dicho futbolista de los criterios de convocatoria para participar con la selección nacional".
Por ahora, la entidad con sede en Suiza, no ha entregado posibles fechas sobre la conclusión de las indagatorias, aclarando que "próximamente se publicarán más detalles". Lo anterior ha mantenido expectantes a los fanáticos de La Roja, quienes esperan que el reclamo formal presentado por Chile signifique la clasificación a la cita planetaria.
No obstante, el Código Disciplinario de la FIFA, documento que describe las infracciones de las disposiciones contenidas en la reglamentación, estableciendo cierto tipo de sanciones, es claro en mencionar que pasaría si se comprueba la presencia de documentación adulterada.
El artículo 21 sobre falsificación de documentos, indica que toda persona que en el ámbito de cualquier actividad relacionada con el fútbol, cree un documento falso, falsifique un documento existente o utilice un documento falsificado "será sancionada con una multa y con una suspensión que dure al menos seis partidos o un periodo determinado que en ningún caso será inferior a doce meses".
"Se podrá responsabilizar a las federaciones o a los clubes de la falsificación de documentos cometida por sus oficiales y/o jugadores", añade el otro de sus incisos.
Por otra parte, el artículo 22 que habla sobre posibles derrotas por retiradas o renuncia, indica que en caso de que un jugador participe de un partido oficial para el cual no es convocable, "se sancionará a su equipo con la derrota por retirada o renuncia y una multa de 6000 CHF como mínimo. Dicho jugador también podrá ser sancionado".
"Cuando un equipo sea sancionado con la derrota por retirada o renuncia, se entenderá que el resultado es de 3-0 a favor del equipo adversario en fútbol once, 5-0 en futsal y 10-0 en fútbol playa. En caso de que el equipo adversario hubiera logrado una diferencia de goles más favorable al final del partido, se mantendrá el resultado obtenido en el campo", añade el segundo inciso.
"En caso de que un jugador participe en una competición sin ser convocable, los órganos judiciales de la FIFA, velando por la integridad de la competición en cuestión, podrán imponer medidas disciplinarias, incluida la derrota por retirada o renuncia, o excluir al club o a la federación de otra competición, según lo estimen oportuno", precisa el inciso 3.