Cámara aprueba nuevo Bono Clase Media y Préstamo Solidario
El proyecto fue desechado a su segundo trámite en el Senado. Se realizaron indicaciones en rentas vitalicias, pensiones de alimentos y cobertura para conductores de transporte público, entre otras.
Viernes 26 de marzo de 2021 | 15:37
Con 138 votos a favor y dos en contra, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó este viernes el proyecto de ley, iniciado en mensaje presidencial, que establece un nuevo Bono Clase Media y un Préstamo Solidario. Con esto, la iniciativa fue despachada a segundo trámite en el Senado.
El proyecto fue aprobado con indicaciones en materia de rentas vitalicias, pensiones de alimentos, cobertura para conductores de transporte público y la integración en los beneficiarios a trabajadores del comercio, como garzones, feriantes y pescadores, entre otros.
La iniciativa establece que los pensionados de vejez e invalidez acogidos a la modalidad de renta vitalicia, cuya pensión sea equivalente o inferior a $408.125, serán beneficiados con un bono de $100 mil.
Este mismo grupo podrá solicitar por un máximo de tres veces el Préstamo Solidario, el que ascenderá como máximo al monto que el beneficiario reciba mensualmente de pensión.
Lee también: Asociación de AFP propone que cotizantes con menos ahorros puedan retirarlos al momento de la jubilaciónEn el caso de los propietarios de vehículos de transporte remunerado de pasajeros con licencia profesional e inscritos en el Registro Nacional de Servicio Público de Pasajeros y en el Registro Nacional de Transporte Remunerado de Escolares, se estableció que podrán inscribir a un conductor como beneficiario adicional del bono a transportistas.
Bono Clase Media
El proyecto que fue enviado al Senado indica que serán beneficiarios del Bono Clase Media las personas naturales entre 18 y 65 años de edad, que cuenten con ingresos superiores al ingreso mínimo mensual y que hayan experimentado una disminución de al menos un 20% en su ingreso mensual, entre los ingresos promedio del período diciembre 2020–enero 2021 y el período diciembre 2019–enero 2020.
En tanto, los beneficiarios cuyo ingreso promedio del período diciembre 2020–enero 2021 sea mayor al ingreso mínimo a marzo de 2021 y menor o igual a $408.125, no requerirán acreditar una caída de ingresos.
El bono será en monto decreciente que comienza en $500 mil para quienes tuvieran rentas de hasta un $1.500.000 en 2019; y llegando a $100.000 para los que tuvieron ingresos en ese período sobre $1.800.000 y hasta $2 millones.
Los beneficiarios de hogares que se encuentren integrados por personas con discapacidad, que perciban pensión básica de invalidez, adultos mayores de 65 años o más, o personas menores de 18 años, tendrán derecho al bono incrementado según el número de personas que causen el beneficio, montos que van desde $125 mil a $250 mil como máximo.
Préstamo Solidario
Por otra parte, el Préstamo Solidario consistirá en un monto en dinero mensual que podrá ser solicitado por un máximo de dos veces. Quienes no sean beneficiarios del Bono Clase Media tendrán derecho a realizar una solicitud adicional. El monto del préstamo ascenderá como máximo al 100% del resultado positivo de la diferencia entre el ingreso promedio mensual 2019 y 2020, con un tope de $650.000.
El monto total del Préstamo Solidario será devuelto al Fisco en cuatro cuotas anuales, a través del Servicio de Tesorerías. La primera cuota corresponderá al 10% del monto total y las siguientes tres al 30% del mismo. Cada cuota anual no podrá exceder el 5% de las rentas que forman parte de la declaración anual de Impuesto a la Renta. En caso de que se mantenga un saldo del beneficio por la aplicación de este límite, este será condonado.
Ni el Bono Clase Media ni el Préstamo Solidario estarán afectos a impuesto, ni se sujetarán a ninguna retención de carácter administrativa, excepto en el caso de pensiones alimenticias debidas por ley y decretadas judicialmente, en que el Servicio de Tesorería estará facultado para retener hasta un 75 % del beneficio.