¿Cuáles son los montos del aguinaldo de Fiestas Patrias 2021 para trabajadores públicos?
De acuerdo con lo estipulado en la legislación vigente, en el caso del sector privado el pago de este dinero no es obligatorio y corresponde al empleador. Sin embargo, existen ciertas excepciones que detallamos a continuación.
Martes 3 de agosto de 2021 | 19:06
En medio de la incertidumbre por la situación de la pandemia y, por consiguiente, qué sucederá con la celebración de Fiestas Patrias en septiembre, hay una buena noticia para los trabajadores del sector público y pensionados.
Lo anterior se debe al pago del aguinaldo que se mantendrá este 2021 de acuerdo a la normativa vigente y que se cobrará a partir del próximo mes en caso de que los beneficiados cumplan con los requisitos.
Según lo detallado en la Ley 21.196, los empleados públicos recibirán un aguinaldo de $76.528 o $53.124, dependiendo del rango de su salario.
En específico, la legislación plantea que "el monto del aguinaldo será de $76.528 para los trabajadores que al mes de agosto de 2021 tengan una remuneración igual o inferior a $794.149 y; de $53.124 para quienes superen esta cantidad".
"Para estos efectos, se entenderá como remuneración líquida el total de las de carácter permanente correspondientes a dicho mes, excluidas las bonificaciones, asignaciones y bonos asociados al desempeño individual, colectivo o institucional; con la sola deducción de los impuestos y de las cotizaciones previsionales de carácter obligatorio", añade la ley.
Por otro lado, el monto asignado a los pensionados será de $20.624, al que se le pueden sumar $10.581 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto de 2021.
En el caso de los trabajadores del sector privado, corresponde a los empleadores el pago del aguinaldo. Sin embargo, esta asignación no es obligatoria a menos de que se cumpla con alguna de las siguientes condiciones:
Que el pago del aguinaldo esté contemplado en el contrato de trabajo o que exista un contrato o convenio colectivo que implique el desembolsar este dinero como cláusula específica.