Elecciones: ¿Cuándo se conocerá la nómina de vocales para los comicios de noviembre y cómo excusarse?
Las votaciones del domingo 21 de noviembre tendrán como finalidad elegir al próximo Presidente de Chile, así como también parlamentarios y consejeros regionales. Entre los motivos por los que alguien no pueda desempeñar la función delegada por el Servel se encuentra ser padre o madre y estar a cargo del cuidado personal de su hijo o hija de dos años o menos.
Sábado 16 de octubre de 2021 | 13:40
El domingo 21 de noviembre se desarrollarán las Elecciones Presidenciales, Parlamentarias y de Consejeros Regionales. A casi un mes de la realización de los comicios, dudas como el protocolo sanitario que regirá ya fueron resueltas, aunque no ha pasado lo mismo con aspectos como quiénes serán los vocales de mesa en aquella jornada.
Las personas que quieran saber si deberán ejercer como vocales de mesa en estas nuevas elecciones tendrán que esperar hasta el próximo sábado 30 de octubre para conocer la lista. En aquel día se informará la nómina oficial de ellos, así como también de los Colegios Escrutadores, Vocales de Votación, Delegados y recintos para los Colegios Escrutadores.
Para tener esta información, los electores deberán dirigirse al sitio web del Servicio Electoral. En la plataforma tendrán que digitar su RUT y pinchar "Soy humano", proceso que tendrá como resultado el despliegue de los datos de la persona consultada.
Pero en aquel día no se conocerá la lista definitiva de los vocales. Y es que el martes 2 de noviembre comenzará el plazo para presentar excusas de ser vocal de mesa, proceso que se extenderá hasta el jueves 4.
Lee también: Senado aprueba proyecto que modifica normas para inscripción de candidaturas parlamentarias y de CORESTras la presentación de las excusas, la lista con los vocales de mesa para las próximas elecciones del 21 de noviembre se dará a conocer el sábado 6. Esta información podrá ser revisada en el sitio web del Servel.
¿Cuáles son las excusas que se pueden presentar?
Quienes deseen excusarse de ser vocal de mesa lo pueden hacer si cumplen con algunos de los motivos que presenta la Ley 18.700 en su artículo 44. Estos son los siguientes:
- Tener más de 70 años.
- Estar fuera del país o radicado en alguna localidad distante más de trescientos kilómetros o con la que no haya comunicaciones expedita al momento de la realización de las elecciones. Esto debe ser acreditado por la Junta Electoral.
- Cumplir labores en recintos hospitalarios en los días en que funcionen las mesas receptoras de sufragios.
- Estar física o mentalmente incapacitado para ejercer el rol de vocal de mesa. Para acreditar esto se deberá presentar un documento médico.
- Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o discapacidad.
- Estar embarazada.
- Ser padre o madre y estar a cargo del cuidado personal de su hijo o hija de menos de dos años.