Aprueban norma contra acoso callejero en Quilicura: Multas de hasta $270 mil y diferentes conductas prohibidas
Paulina Bobadilla, alcaldesa de Quilicura, destacó que "esta ordenanza protege a todas y todos, resguarda la dignidad". Por otro lado, desde el municipio especificaron que las sanciones dependen del tipo de infracción que se cometa.
Viernes 1 de abril de 2022 | 18:25
El Concejo Municipal de Quilicura aprobó por unanimidad una ordenanza contra el acoso callejero, dando luz verde a una normativa que busca prevenir, prohibir y sancionar aquellas conductas que son ofensivas y atentan contra la honra, dignidad e integridad física y psicológica de las personas, sin previo consentimiento de quien es víctima de dicha acción.
Según dieron a conocer desde el municipio, dicha iniciativa "busca resguardar la dignidad de todas y todos quienes vivan o transiten en nuestra comuna, sin diferencia de género, edad, grupo etario, disidencia, discapacidad, etnia, entre otros", contemplando multas que van entre una ($55.537) y cinco UTM ($277.685).
Dichas sanciones dependen del tipo de infracción que se cometa. Asimismo, la fiscalización de los actos acusados será responsabilidad de las y los inspectores de la Dirección de Seguridad Pública y Comunitaria, la Dirección de Inspección Municipal y Carabineros, quienes deberán entregar los antecedentes correspondientes al Juzgado de Policía Local.
Por otro lado, detallaron que aquellas conductas prohibidas dentro de esta ordenanza corresponden a las siguientes:
- Comentarios e insinuaciones sexuales.
- Gestos y sonidos obscenos.
- Fotografías y grabaciones sin consentimiento.
- Contacto físico indebido y sin consentimiento.
- Persecución o arrinconamiento.
- Masturbación y/o exhibicionismo.
- Toda expresión verbal o física que signifique agraviar, denostar o humillar a una persona, y todos los actos que afecten la honra y dignidad.
La denuncias respectivas se deben concretar en el Juzgado de Policía Local, quien aplicará la multa correspondiente a la infracción. Para lo anterior, se debe individualizar el o la denunciante, contener una narración de los hechos y en lo posible contar con la identificación de quien cometió la infracción.
En caso de que este último dato no se tenga, entonces se puede realizar una descripción física y presentar testigos si es que los hay.
Finalmente, Paulina Bobadilla, alcaldesa de Quilicura, expresó que "el acoso callejero es violencia. Por eso una ordenanza en estos tiempos no podía ser solo para erradicar la violencia contra las mujeres, sino estar a altura del contexto que hoy se da en el país. Esta ordenanza protege a todas y todos, resguarda la dignidad y previene todo tipo de violencia hacia mujeres, niñas, niños, migrantes, disidencias, nuestros pueblos originarios, personas con discapacidad, etc.".