Arriesgan sumarios: Contraloría exige a Carabineros protocolos vigentes de actuación en manifestaciones
El organismo público exigió a Carabineros los protocolos que regulan el uso de la fuerza y elementos disuasivos durante las manifestaciones en cinco hechos específicos.
Miércoles 30 de octubre de 2019 | 00:07
La Contraloría General de la República, organismo a cargo de controlar a las instituciones públicas, ha recibido una serie de denuncias ciudadanas que cuestionan el actuar de carabineros durante las manifestaciones.
Es por esa razón que la entidad solicitó a la institución policial el detalle del protocolo sobre el uso de bombas lacrimógenas y otros procedimientos antidisturbios. Carabineros, ante la solicitud, tendrá cinco días hábiles para remitir la información.
A su vez, el oficio de Contraloría exigirá a Carabineros aclarar cinco denuncias recibidas relacionadas al actuar del personal policial durante los días en los que estuvo vigente el Estado de Emergencia.
Ante esto, el general director de Carabineros, Mario Rozas, confirmó a Bío Bío Chile que 14 sumarios administrativos se están cursando para investigar denuncias de violaciones a los Derechos Humanos en contra de efectivos policiales, cuyos resultados serán remitidos al Ministerio Público.
Protocolos de actuación
Son 29 páginas del documento sobre los Protocolos para el Mantenimiento del Orden Público que describen la forma de actuar de los uniformados para intervenir manifestaciones lícitas con o sin autorización, como en lícitas sin autorización, ilícitas violentas y en ilícitas agresivas.
Dicho documento, que tuvo su última actualización en marzo de este año, sostiene un apego a la normativa vigente en nuestro país y a los tratados internacionales que defienden los DDHH. También indica que pueden haber manifestaciones violentas o agresivas.
“Es violenta cuando se contravienen las instrucciones de la autoridad policial y los actos involucren la vulneración de derechos de terceros“, reza el enunciado.
Dependiendo del nivel en que es clasificada la manifestación, se evalúan los distintos niveles de fuerza de los uniformados. Estos van de uno a cinco.
En el nivel uno se detalla el uso del diálogo y observación, mientras que el nivel dos corresponde al “uso de alta voz” en español y mapudungún.
En el nivel tres del protocolo sobre el empleo de la fuerza se menciona el uso del control físico, en el que se permite la aplicación de medios reactivos y la “reducción del fiscalizado para doblegar su resistencia e inmovilizarlo”.
Te puede interesar: Trump confirmó su asistencia a la APEC y envió un mensaje a Chile: "Estoy seguro de que podrán resolverlo"Ya en el nivel cuatro se permite el uso de armas no letales como disuasivos químicos, bastón de servicio, uso de agua, humo y lacrimógenas.
El nivel cinco de fuerza autoriza la utilización por parte de los funcionarios para utilizar armas “potencialmente letales”, como escopetas con perdigones de goma o acero, o armas de fuego tradicionales.
Estas últimas acciones son legalmente validas para el caso de “repeler la agresión y proteger la vida del carabinero o de un tercero. Se deben considerar en esta etapa los requisitos de legalidad, necesidad, proporcionalidad y responsabilidad”.
En entrevista con Bío Bío Chile, el abogado penalista y ex fiscal militar, Rodrigo Vera Lama, sostuvo que la última actualización del protocolo de carabineros, está incompleto.
“Está incompleta por cuanto omite una eximente de responsabilidad penal que beneficia a Carabineros, en cualquier clase de delitos, y que se denomina ‘cumplimiento de consigna’, prevista en el Artículo 208, inciso 1º del Código de Justicia Militar”, dice el abogado.
Lee también: Gobierno confirma que este miércoles llegará equipo de observadores de la ONUDicho artículo autoriza el “uso de armas cuando no exista otro medio racional de cumplir la consigna recibida”.
Con esto, Vera explica que la doctrina militar se rige según el "mandato o prescripción, la que puede emanar de órdenes superiores, generales o específicas o disposiciones reglamentarias que pueden ser permanentes o temporales”.
Esta misma situación ocurre con Fuerzas Armadas y la Policía de Investigaciones.
En cuanto a la revisión que exige la Contraloría a los organismos policiales del Estado, el abogado sostuvo que dicho oficio podría aumentar la cantidad de sumarios en la institución.