Condenan a Chile por "trato discriminatorio" contra profesora de religión católica por su orientación sexual
De acuerdo al fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Estado es "responsable por el trato discriminatorio a una mujer que fue separada de su cargo de profesora de religión en un colegio público".
Jueves 21 de abril de 2022 | 08:03
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) resolvió condenar al Estado de Chile por "trato discriminatorio" contra Sandra Pavez Pavez, a quien se le impidió ejercer su cargo como profesora de religión católica por su orientación sexual en 2007.
De acuerdo a la sentencia del organismo internacional, el Estado es "responsable por el trato discriminatorio a una mujer que fue separada de su cargo de profesora de religión en un colegio público por su orientación sexual", indica el fallo del Caso Pave Pavez vs. Chile.
Asimismo, detallaron que la docente fue víctima de "vulneración a los derechos a la igualdad y no discriminación, a la libertad personal, a la vida privada y al trabajo, reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos".
Lo anterior se produjo, según precisaron en el documento, luego de que "fuera revocado su certificado de idoneidad por parte de la Vicaría para la Educación del Obispado de San Bernardo con base en su orientación sexual".
Pavez trabajaba como profesora desde 1985 en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré. Sin embargo, el 23 de julio de 2007, la Vicaría informó sobre el retiro del certificado de idoneidad que le había sido otorgado, el cual -según establece el Decreto 924 del Ministerio de Educación de 1983- era necesario para impartir clases de religión católica.
Tras esta decisión, ella no ha podido ejercer e impartir clases de religión católica en cualquier entidad educacional.
Inicialmente, Pavez interpuso un recurso de protección contra la decisión de la Vicaría, pero fue rechazado por la Corte de Apelaciones de San Miguel y posteriormente confirmada por la Corte Suprema.
Ante esto, la Corte Interamericana reconoció que las autoridades religiosas chilenas cuentan con una autonomía amplia a la hora de otorgar un certificado de idoneidad para esto, pero -por ser una asignatura que forma parte de los planes de educación-, esas facultades deben adecuarse a los otros derechos y obligaciones vigentes en materia de igualdad y no discriminación.
Con todos estos antecedentes, la Corte constató que "las afectaciones a los derechos a la libertad personal y a la vida privada de Sandra Pavez Pavez fueron producto de un trato diferente basado en su orientación sexual. El Tribunal consideró que la decisión de las autoridades del Colegio mediante la cual se separó del cargo a la señora Pavez y se le asignaron funciones distintas a las de profesora de religión católica, como consecuencia de la revocación del certificado de idoneidad por parte de la Vicaría, vulneró el principio de igualdad y no discriminación".
#Sentencia de la @CorteIDH en el Caso Pavez Pavez Vs. Chile🇨🇱: El Estado es responsable por el trato discriminatorio a una mujer que fue separada de su cargo de profesora de religión en un colegio público por su orientación sexual.
📌Más Información aquí: https://t.co/9FqWjRzLDT pic.twitter.com/n42DWX3xSR— Corte Interamericana de Derechos Humanos (@CorteIDH) April 20, 2022