Las sanciones a las que se enfrentarán quienes estén en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos
La promulgación de este ley fue realizada por el presidente Sebastián Piñera en compañía de parte de su gabinete. Quienes integren este Registro deberán enfrentarse a una serie de consecuencias que afectarán su diario vivir, entre las que están la retención de fondos por parte de entidades bancarias y la imposibilidad de obtener licencias de conducir y pasaportes.
Miércoles 10 de noviembre de 2021 | 18:19
Este miércoles, el presidente Sebastián Piñera promulgó la ley de Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. Esto fue realizado en compañía de parte de su gabinete y de su esposa, Cecilia Morel.
En un plazo de un año comenzará a regir este Registro Nacional de Deudores en el país. A él ingresarán quienes deban tres mensualidades de pensión de alimentos consecutivas, o cinco discontinuas.
Las personas que integren la base de datos de este Registro se enfrentarán a diferentes consecuencias que les afectarán en su diario vivir. El objetivo es que, por aquello, deban hacer el pago de lo adeudado con su hijo y/o hija.
Para hacer énfasis en lo anterior, el presidente Piñera señaló: "Digámoslo fuerte claro. Esta ley hará muy difícil la vida a los padres que quieran seguir evadiendo sus obligaciones con sus propios hijos. La solución para ellos es cumplir".
Hay que considerar que el Registro Nacional de Deudores funcionará de manera online y estará administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación. La actualización de quienes estén ingresados ahí se deberá realizar de manera mensual, contemplando la información del número de cuotas y el monto adeudado de cada persona que este dentro de él.
Por otra parte, hay que tener en cuenta que para salir de este Registro Nacional se deberá pagar la totalidad del monto de la deuda o llegar a un acuerdo judicial con el cual se garantizará el pago.
Las medidas del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos
Según lo indicado por el Ministerio de Justicia, existen 12 puntos claves en torno a los deudores de pensiones que serán tratados en este Registro Nacional. Y es que quienes deban estos dineros presentarán dificultades al momento de solicitar créditos bancarios, la devolución de impuestos o al querer vender alguna propiedad.
Las 12 medidas claves están a continuación:
- Al solicitar un crédito bancario por una suma que sea igual o superior a 50 UF, la entidad financiera retendrá parte de estos fondos para hacer pago de la deuda.
- Durante el proceso devolución de impuestos, la Tesorería también retendrá parte del dinero adeudado por quien integra este Registro Nacional.
- Si el deudor vende su inmueble o su vehículo, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil, respectivamente, podrán inscribir el traspaso sólo en la medida que se les acredite que con las ganancias se pagarán los alimentos adeudados.
- A quienes integren este Registro Nacional no se les otorgarán licencias de conducir ni pasaportes, a menos que se acredite frente al tribunal la necesidad de tales documentos.
- Se retendrán las remuneraciones de los gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil cuando tengan deudas alimenticias.
- Se establece la inhabilidad para recibir determinados beneficios económicos o bonos por parte de órganos de la Administración del Estado.
- Los poderes del Estado que quieran realizar contrataciones, promociones o ascensos de su personal, deberán consultar previamente dicho Registro. En caso de que la persona en cuestión sea deudora, para acceder al cargo deberá autorizar la retención de un porcentaje de su sueldo para pagar la deuda de alimentos hasta terminar con ella.
- En el caso de los trabajadores con contrato a honorarios y/o personas que reciban pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, sufrirán retenciones de sus pagos para saldar las deudas.
- Si una persona es despedida de su puesto de trabajo y es deudora, pagará la pensión alimenticia a través de la indemnización por años de servicio.
- Se modifica el Código Civil, incorporándose la deuda de pensión de alimentos a los créditos de primera clase.
- Se establece como parte de la evaluación de idoneidad que se realiza a los solicitantes que postulen a la adopción de un niño, niña o adolescente, la verificación de no estar en el Registro.
- Se establece como delito de violencia intrafamiliar el no pago reiterado de pensiones alimenticias.