Listo para Ley: Senado aprobó proyecto que sanciona el acoso sexual y la discriminación de género en la educación superior
Las instituciones que no adopten la política integral no podrán obtener la acreditación institucional establecida en la Ley de Aseguramiento de la Calidad de la Educación. Para lo anterior, habrá un año de plazo desde la publicación de la normativa.
Jueves 5 de agosto de 2021 | 17:02
Con aplausos y alegría desde la Red de Investigadoras de Chile finalizó la sesión del Senado que aprobó con 26 votos a favor, 1 en contra y 4 abstenciones el proyecto de ley que sanciona el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en la educación superior.
Con lo anterior, la normativa quedó lista para ser remitida al Presidente de la República para su promulgación como ley.
El proyecto se trata de la refundación de tres mociones presentadas por las y los senadores Ximena Órdenes, Isabel Allende, Yasna Provoste, Ena Von Baer y Carlos Montes; de los senadores Juan Pablo Letelier, Ricardo Lagos y Jorge Pizarro, y del senador Ricardo Lagos.
La reglamentación tiene como objetivo "promover políticas integrales orientadas a prevenir, investigar, sancionar y erradicar el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género, y proteger y reparar a las víctimas en el ámbito de la educación superior".
Lee también: Presidente Piñera informa que el próximo miércoles comenzará vacunación con dosis de refuerzo contra el COVID-19En ese sentido, su finalidad es "establecer ambientes seguros y libres de acoso sexual, violencia y discriminación de género, para todas las personas que se relacionan en comunidades académicas de educación superior, con prescindencia de su sexo, género, identidad y orientación sexual".
Es relevante consignar, que la Presidenta del Senado e integrante de la Comisión de Educación, Yasna Provoste, se reunió con dirigentes de la Red de Investigadoras de Chile, organización que promueve la equidad de género y que, en la instancia, señalaron, "la importancia de avanzar en esta iniciativa para la protección y reparación de las víctimas de estas prácticas en la educación superior".
Quienes votaron a favor, manifestaron que, con esta regulación, se apunta a "evitar y erradicar conductas de acoso y discriminación de género que se han registrado en algunas casas de estudios en contra de mujeres". Además, de la inclusión de la “prevención por medio de la incorporación de una política integral".
Finalmente, concluyeron que esta ley, contribuirá a "consolidar el cambio cultural que necesita el país" y permitirá acelerar la elaboración de los protocolos en la educación superior para "prevenir y sancionar el acoso de manera penal".
Lee también: Bassa acusa que hay “una tensión por arrastrar a la CC a los espacios discursivos más complejos de la sociedad chilena”Por su parte, quien votó en contra, el ex marino Kenneth Peter Pugh Olavarría y sus pares que se abstuvieron, Claudio Alvarado, Juan Antonio Coloma, Luz Ebensperger y José Miguel Durana, indicaron que, si bien comparten la necesidad de regular legalmente el tema, consideran que "no es buena técnica legislativa abordar el acoso sexual por áreas", sino que, debido a la gravedad de las situaciones, "las conductas deberían tener la misma sanción independiente del sector en que se comete".
Dado los antecedentes, las instituciones de educación superior, deberán adoptar todas las medias que busquen prevenir, investigar, sancionar y erradicar el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en la educación superior, promoviendo las relaciones igualitarias.
En el texto, se define acoso sexual como "cualquier acción o conducta de naturaleza o connotación sexual, sea verbal, no verbal, física, presencial, virtual o telemática, no deseada o no consentida por la persona que la recibe, que atente contra la dignidad de una persona, la igualdad de derechos, su libertad o integridad física, sexual, psíquica, emocional, o que cree un entorno intimidatorio, hostil o humillante, o que pueda amenazar, perjudicar o incidir en sus oportunidades, condiciones materiales o rendimiento laboral o académico, con independencia de si tal comportamiento o situación es aislado o reiterado".
Finalmente, hay que destacar que la normativa, enfatiza en que las instituciones que no adopten la política integral no podrán acceder y obtener la acreditación institucional establecida en la ley de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. Para lo anterior, habrá un año de plazo desde la publicación de la ley en el Diario Oficial.