Patrimonio natural: ¿Es compatible concesionar Parques Nacionales con la protección ambiental?
La licitación de terrenos para construir obras de infraestructura turística es la propuesta de un proyecto del Gobierno que busca impulsar la industria turística en nuestro país. Especialistas se refieren a la iniciativa y hacen hincapié en los posibles efectos negativos sobre los predios, y la necesidad de fortalecer la fiscalización medioambiental.
Viernes 26 de julio de 2019 | 13:32
En tiempos marcados por la crisis ambiental global y el cambio climático, las herramientas para la protección del patrimonio ambiental son claves. Una de las principales herramientas con las que cuenta nuestro país es el Sistema Nacional de Áreas Silvestres del Estado (SNASPE), creado y administrado por CONAF y compuesto por 41 Parques Nacionales, 26 Reservas Nacionales, 20 Reservas Forestales y 18 Monumentos Naturales.
Son los predios clasificados en esta primera categoría -Parques Nacionales- los que han salido a la palestra, luego de que se anunciara que el Gobierno tiene listo un cronograma para licitar y concesionar la administración de 10 de estos terrenos con el objetivo de fomentar la industria turística impulsando proyectos en su interior o en las cercanías.
Consultada sobre esta iniciativa la profesora Carmen Luz de la Maza, decana de la Facultad de Ciencias Forestales y Conservación de la Naturaleza, explicó que concesiones por servicios de alimentación o cabañas existen desde hace décadas, por lo que la diferencia en este caso estribaría en que se busca "concesionar terrenos en su interior para construir grandes infraestructuras por períodos muy prolongados (30-50 años), lo que atenta con los objetivos fundamentales de conservación de estas áreas".
Esto, ya que de acuerdo a la académica, estas obras implicarían un aumento masivo de públicocuando "los parques mencionados ya tienen problemas de congestión humana, deterioro de senderos por compactación de suelo, de la vegetación etc. Adicionalmente tanto el Parque Nacional Fray Jorge como La Campana son reservas de la biósfera, lo que implica compromisos internacionales para su conversación".
A ello se suma que nuestro país es el que menos invierte en conservación de la naturaleza en el continente. Si se revisa la Ley de Presupuesto de 2018, los ingresos totales asignados al SNASPE representan un 0,037 % del total, mientras que en la Ley de 2019 hay una disminución de un 12% de los ingresos totales y un 10% del aporte fiscal.
Es por ello que la decana estima que con este proyecto "se busca que capitales privados financien una obligación que es del Estado, es decir, conservar el patrimonio natural que pertenece a todas las y los chilenos. Este patrimonio representa un capital natural (por decirlo en términos economicistas) y si se destruye no tenemos cómo reponerlo".
Mecanismos de resguardo
Teniendo presente del estado actual de la infraestructura en los Parques Nacionales, no toda inversión en este ámbito va a significar un impacto negativo en el medio ambiente, pero para ello se debe tener una planificación adecuada, contar con los Estudios de Impacto Ambiental necesarios y respetar las normas respecto a los planes de manejo y uso público de los Parques Nacionales.
Para la profesora De la Maza es importante además fortalecer la capacidad de fiscalización, que en la actualidad califica como escasa. "Lamentablemente nos encontramos muchas veces con situaciones en donde no se respetan los compromisos adquiridos, por lo que se prevé que ello constituiría impactos negativos para la conservación del patrimonio, en especial porque se estaría concesionando el terreno", afirmó.
Lee también: “Están retrocediendo irremediablemente”: Glaciar en Torres del Paine perdió más de 16 hectáreas de hieloAl respecto el investigador del Centro de Regulación y Competencia de la Facultad de Derecho, José Miguel Valdivia, explicó que tanto el Decreto Ley 1939 de 1977 como la Ley 20.423 regulan la entrega de concesiones sobre bienes fiscales, pero que ninguno de esos instrumentos legales tiene por propósito específico la protección de áreas silvestres, por lo que es necesario poner atención en las normas ambientales.
"Es muy posible que para el sólo hecho de entregar la concesión no sea necesario realizar un Estudio de Impacto Ambiental, pero una vez que esto adquiera mayor realidad va a ser necesario someterlo a una evaluación ambiental, momento en el que el asunto cae bajo la competencia de un organismo técnico", como el Servicio de Evaluación Ambiental, que es donde se observan las variables ambientales respecto al cuidado de estas áreas silvestres protegidas por el Estado.
Junto con ello Valdivia explicó que "la fiscalización sobre si se están observando las regulaciones ambientales le corresponde a la Superintendencia del Medio Ambiente", una vez que los proyectos, superada la Evaluación de Impacto Ambiental, comiencen a implementarse.