Revisa acá si fuiste elegido como vocal de mesa para las primarias presidenciales del 18 de julio
El Servel informó el calendario electoral de los próximos comicios. Aquí, todo lo que tienes que saber: cómo ver si fuiste designado vocal, las causales para excusarse y las multas que arriesgan las personas que no cumplan con la labor cívica.
Sábado 26 de junio de 2021 | 15:01
El Servicio Electoral (Servel) publicó la nómina de personas designadas como vocales de mesa para las primarias presidenciales del próximo 18 de julio.
En dichos comicios, Chile Vamos y Apruebo Dignidad definirán quién será la carta presidencial de los distintos bloques. Por el oficialismo, se mide Mario Desbordes (RN-PRI), Sebastián Sichel (IND), Joaquín Lavín (UDI) e Ignacio Briones (Evópoli). En tanto, por la oposición se enfrentarán Daniel Jadue (PC) y Gabriel Boric (CS).
Lee también: Canales nacionales trasmitirán de forma conjunta el Debate Presidencial Primarias 2021Cómo revisar si fuiste designado vocal
Para revisar si deberás ejercer como vocal de mesa o no, debes ingresar al sitio web del Servel y presionar sobre Consulta de Datos Electorales.
En primera instancia, debes ingresar tu RUT, sin puntos y con guión.
Lee también: Candidatos iniciaron su campaña para las primarias presidencialesCausales para excusarse
Hasta el jueves 1 de julio habrá plazo para presentar sus excusas ante las Juntas Electorales, en caso de no poder cumplir con la labor de vocal de mesa.
Los motivos válidos para excusarse, contemplados en el artículo 49 de la Ley 18.700, son los siguientes:
- Tener 60 o más años de edad.
- Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
- Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
- Estar la persona comprendida entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designada miembro del Colegio Escrutador.
- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
Estas excusas pueden presentarse de forma presencial o vía correo electrónico, con los datos disponibles en el sitio del Servel. En tanto, quienes no concurran a desempeñar su labor arriesgan una infracción electoral, la cual es sancionada con una multa a beneficio municipal, que va de 2 a 8 UTM (aproximadamente entre $79.500 y $318.000).