Senado aprobó en particular reforma al Código de Aguas: Ahora pasa a tercer trámite constitucional
Uno de sus artículos, establecerá la prohibición de constituir derechos de aprovechamiento en glaciares, sosteniendo que el Estado debe proteger las aguas existentes en territorios de pueblos originarios. Ahora la moción pasará a la Cámara de Diputados y podrá ser despachada para su promulgación o derivada a una comisión mixta.
Jueves 5 de agosto de 2021 | 00:15
La Sala del Senado aprobó en particular la reforma al Código de Aguas que lleva más de 10 años siendo tramitada en el Congreso. Ahora, la moción pasará a la Cámara de Diputados a su tercer trámite constitucional, en el cual podría ser despachada para ser promulgada como ley por el Presidente de la República o ser derivada a una comisión mixta.
En primera instancia, entre sus modificaciones en su artículo 5, la reglamentación refuerza el hecho que el agua es un bien público y establece que su dominio y uso pertenece a todas y todos los ciudadanos chilenos, priorizando el resguardo para el consumo humano y saneamiento del recurso.
La reforma en el mismo apartado, establece la prohibición de constituir derechos de aprovechamiento en glaciares y sostiene que el Estado debe proteger las aguas existentes en territorios de pueblos originarios para beneficio de las comunidades de la zona.
Asimismo, también faculta al Estado para constituir reservas de aguas disponibles para funciones de subsistencia y preservación ecosistémica.
Lee también: Radiografía medioambiental a Chile en el día que se agotaron los recursos del planeta: Consumo de carne y uso del agua como factores de riesgoAdemás, en el artículo 6, se determina que el derecho de aprovechamiento de las aguas se otorgará mediante concesiones temporales, junto con permitir su renovación sólo si se cumple con los requisitos de disponibilidad y sustentabilidad de la fuente de abastecimiento.
En ese contexto, en el artículo 58, se prohíben las exploraciones en zonas declaradas por el Ministerio del Medio Ambiente, como acuíferos, humedales, ecosistemas degradados o sitios prioritarios.
Finalmente, el artículo 129, afirma que la Dirección General de Aguas debe velar por la preservación de la naturaleza y la protección del medio ambiente, estableciendo un caudal ecológico mínimo.
Es relevante señalar, que la moción ha experimentado una larga discusión por más de 10 años y ha pasado por las comisiones de Recursos Hídricos, de Agricultura y de Hacienda de la Cámara de Diputados, en la cual fue aprobada en noviembre de 2016. Posteriormente pasó por las comisiones de Recursos Hídricos, Agricultura y Constitución de Senado.
📍A continuación te dejamos las claves y principales modificaciones de este proyecto 👉🏼 pic.twitter.com/CTBk3IozZc— Senado Chile (@Senado_Chile) August 5, 2021