Aguinaldo de Fiestas Patrias: ¿Cuánto recibirán los pensionados del IPS?
El monto se otorgará junto a la pensión del mes de septiembre y no estará afecto a descuentos ni será considerado como dinero tributable o imponible. El aporte aumentará en caso de tener cargas acreditadas.
Domingo 8 de agosto de 2021 | 14:10
Falta poco más de un mes para la celebración de las Fiestas Patrias y muchos ya comienzan a organizar su dinero para celebrar. Entre las personas que ya sacan la cuenta están los pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS), quienes ya pueden conocer a cuánto ascenderá su aguinaldo este año.
Hay que tener en cuenta que el aguinaldo correspondiente a las Fiestas Patrias del 2021 será otorgando junto al pago de la pensión del mes de septiembre.
Otro detalles que se debe considerar es que el monto de este dinero no está afecto a descuentos. Además de eso, tampoco será considerado como dinero tributable o imponible.
En cuanto al dinero, el aguinaldo por las Fiestas Patrias de este 2021 tiene un monto base de $20.624. Esto puede aumentar dependiendo de si la persona pensionada tiene a una carga familia acreditada hasta el 31 de agosto de 2021, pues se otorgará $10.581 por ella.
Hay que considerar que el aumento del aguinaldo se otorgará a quien perciba o hubiera podido percibir la Asignación Familiar. Esto ocurre en los casos en que asignaciones sean recibidas por una persona distinta del pensionado o hubiese podido percibir las asignaciones de no pertenecer al tramo 4, que es cuando los ingresos mensuales superan los $779.882.
¿A quiénes les corresponde este aguinaldo de Fiestas Patrias?
En el caso de este aguinaldo, el dinero será recibido por los pensionados de los siguientes organismos o leyes.
Lee también: IFE Universal: ¿Cuál es la fecha límite para solicitar el aporte de agosto?- Instituto de Previsión Social (IPS). Ellos pueden tener una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez.
- Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- De las leyes de Exonerados Políticos (esta es la Ley N° 19.234).
- De las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
- Ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
- De la Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).
- De Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.
- De AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
- Del Subsidio por Discapacidad Mental.