Acreencias bancarias: Cómo revisar y cobrar si tienes dinero olvidado en el banco
En marzo de cada año se publica el listado de personas y empresas que tienen dinero sin cobrar en algún banco, siempre que el monto sea superior a 5 unidades de Fomento (UF).
Lunes 8 de abril de 2024 | 21:27
En marzo de cada año se publica en el Diario Oficial el listado de personas y empresas que tienen dinero sin cobrar en algún banco, siempre que el monto sea superior a 5 unidades de Fomento (UF). Para acreencias entre 1 a 5 UF, también se puede consultar directamente en cada banco.
Es importante destacar que si los montos no son cobrados luego de tres años desde que los bancos confeccionaron la lista (cada 31 de enero), la institución financiera deberá entregar esos recursos a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, se informó en ChileAtiende.
¿A quién va dirigido y dónde hacer el trámite de las acreencias bancarias?
Las acreencias bancarias están dirigidas tanto a personas naturales como jurídicas que son o han sido clientes de bancos.
El trámite se puede realizar durante todo el año tanto en el sitio web de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) como en sus oficinas y a través del call center (101) de ChileAtiende.
A tener en cuenta con las acreencias bancarias:
Las acreencias bancarias no son aplicables a:
- Depósitos y captaciones a plazo indefinido o con cláusula de renovación automática.
- Boletas o depósitos de garantía.
- Sumas recibidas por cheques viajeros.
- Casos en que existe retención, prenda o embargo sobre los dineros.