Bono de 90 mil pesos: Cómo acceder al Bono Post Laboral y tener el pago de por vida
Tal y como es en la mayoría de los bonos y ayudas del Estado, para poder obtener este beneficio se deben cumplir con una serie de requisitos en la postulación. Revísalos acá.
Viernes 15 de marzo de 2024 | 17:28
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Valor del Bono Post Laboral 2024
A pesar de que no está oficializado el monto del Bono Post Laboral 2024, este debería ser igual o muy similar al entregado en 2023, el cual fue de $90.877 pesos.¿Cómo acceder al Bono Post Laboral y quiénes lo pueden obtener?
Para acceder al Bono Post Laboral se debe solicitar el beneficio dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de la edad legal de pensión. La solicitud debe hacerse ante la jefatura superior del servicio u organismo en que se encuentre desempeñando funciones. A la Superintendencia de Pensiones le corresponderá calcular la tasa de reemplazo a solicitud del organismo empleador de la funcionaria o funcionario. Al Bono de 90 mil pueden optar los funcionarios públicos afiliados al sistema de AFP y que se encuentren en las siguientes reparticiones del Estado:- Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades
- Corporaciones de Asistencia Judicial
- Universidades estatales
- Contraloría General de la República
- Consejo Nacional de Televisión
- Consejo Superior de Educación
- Dirección General de Aeronáutica Civil
- FONADIS
- SERCOTEC
- CONAF
Requisitos para acceder al bono de $90 mil
Para poder ser parte y obtener el beneficio del Bono Post Laboral, se deben cumplir una serie de requisitos que te detallamos a continuación.- Estar afiliada o afiliado al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP).
- Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años en el de los hombres.
- Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas.
- Ser funcionaria o funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono.
- Haber sido funcionaria o funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
- Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
- Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.