Bono Desempeño Laboral 2023: ¿Quiénes reciben el beneficio de hasta $350 mil y cuándo se paga?

Este aporte económico es administrado por el Ministerio de Educación y se entrega en dos cuotas anuales. Sin embargo, para obtener este beneficio es necesario cumplir con una serie de requisitos que te mostramos a continuación.

Lunes 18 de diciembre de 2023 | 19:26

El Bono Desempeño Laboral 2023 corresponde a un aporte económico dirigido a los y las asistentes de educación que se desempeñen en establecimientos que son dependientes de los Servicios Locales de Educación Pública. Específicamente, este beneficio contempla a aquellos profesionales que tengan un contrato vigente al 31 de agosto de cada año, quienes podrán recibir anualmente un bono de desempeño laboral que puede llegar hasta aproximadamente $310 mil.  

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  Asimismo, el monto es proporcional a la carga horaria de trabajo. Esto significa que la cifra anteriormente señalada se le adjudica a quienes cumplen con una jornada de 44 horas semanales, y a partir de allí disminuye. Si calculamos con base al valor de la UF actual, se trata de un bono de casi $360 mil pesos.

Montos del Bono Desempeño Laboral 2023

Este bono, tal como mencionamos, tiene montos que varían dependiendo del beneficiario. Para ello, hay que considerar dos componentes:
  • Un componente base de 6 UF.
  • Un componente variable de 4 UF máximo.
El último componente, aquél que es variable, se calcula según el "indicador general de evaluación" que se compone de diversos factores. Por ejemplo: Años de servicio, nivel de educación, convivencia escolar y resultados del Sistema de Medición de la Calidad de la Educación (SIMCE). Si el indicador es igual o superior al 80%, se obtienen las 4 UF adicionales. Entre el 70% y el 80%, se reciben 2.8 UF adicionales. Entre el 50% y el 70%, se obtienen 1.4 UF adicionales. Menos del 50% no da derecho a ningún monto adicional.

¿Cuándo se paga?

De acuerdo con la Subsecretaría de Educación Parvularia, este aporte se paga en dos cuotas: Una de ellas en diciembre de 2023 y la segunda en febrero de 2024. Por otro lado, este beneficio no constituirá remuneración ni renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable, no estará afecto a descuento alguno y no será considerado subsidio pecuniario mensual.