Casi 2 millones de personas pueden cobrarlo: Cómo realizar la solicitud de pago del Seguro de Cesantía
Luego de la flexibilidad de los requisitos para optar a este dinero, hasta ahora solo el 31% ha realizado el trámite. Revisa acá el paso a paso del proceso que es 100% online.
Miércoles 17 de febrero de 2021 | 17:18
El beneficio del Seguro de Cesantía tiene fecha de término el 6 de marzo de este año, pero sólo el 31% de un total de 1.984.538 beneficiados lo ha cobrado.
El apoyo económico se trata de un retiro extra de los fondos previsionales que pueden realizar las personas que alguna vez en su vida como trabajador dependiente cotizaron en el fondo del seguro.
Debido a la flexibilidad de los requisitos para optar al retiro que se le otorgó al modificar la Ley de Protección al Empleo, se permitió que los afiliados que estuvieran cesantes puedan retirar sus aportes anteriores en su cuenta individual.
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Los cotizantes podrán hacer el retiro total del saldo acumulado sin necesidad de presentar documentación que acredite el término de una relación laboral.
Pasos para obtener el total del monto ahorrado
El proceso puede ser realizado de manera 100% online mediante la plataforma web oficial y la solicitud se realiza a través del sitio web de la Aseguradoras de Fondos de Cesantía.
Al ingresar, el sistema solicitará tus datos personales. Puedes entrar con tu RUT, clave de acceso de AFC o ClaveÚnica.
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Deberás ingresar tus datos, correo electrónico para recibir la notificación del pago y modalidad. Luego, debes firmar una declaración jurada y verificar los datos.
Dentro de los siguientes cuatro días hábiles, la AFC enviará una respuesta aceptando o rechazando la solicitud, donde informará los montos finales y fechas de pagos. En caso de ser rechazado, deberán especificar los motivos a través del mismo correo.
Lee también: Se acaba el plazo para solicitar el IFE COVID: Conoce los requisitos, montos y fecha de pagoEs importante que verifiques que los datos y, especialmente, el correo electrónico esté correcto, ya que será el canal principal de comunicación con la administradora.
El pago se realizará en un solo giro si el monto es inferior o igual a $225.000, mientras que los saldos superiores a esta cantidad se pagan en dos o más giros, hasta agotar el saldo de su cuenta con un máximo posible de 13 giros.
Se pagará según los porcentajes y la tabla de giros de la nueva ley, tomando como referencia el promedio de los 3 últimos meses de la remuneración imponible.