Feriados de Fiestas Patrias: ¿Cuáles son irrenunciables y cómo funcionará el comercio?
Los festejos de este año traen consigo cuatro días de celebración, desde el viernes 16 al lunes 19 de septiembre. Acá te explicamos lo que debes saber sobre estas fechas.
Miércoles 14 de septiembre de 2022 | 10:26
Todos los ojos están puestos en la celebración de las Fiestas Patrias de este año, que traen cuatro días de celebración.
Es que con la promulgación del feriado del viernes 16 de septiembre, los festejos comienzan durante la tarde de este jueves 15.
🇨🇱Este viernes 16 es feriado legal y tanto el domingo 18, como el lunes 19 de septiembre, son feriados irrenunciables. ¿Qué diferencias existen entre los feriados regulares y los irrenunciables? acá te contamos✨🐝
+ info en https://t.co/94ElIvvAs0 pic.twitter.com/TXw53cXKGM— Trabajo y Previsión Social (@MintrabChile) September 12, 2022
¿Qué días son feriados?
De esa forma, las fiestas de este 2022 cuentan con dos feriados regulares y dos festivos irrenunciables.
En el caso de los primeros dos, se trata del viernes 16 y sábado 17 de septiembre, que no cuentan como irrenunciables, por lo que el comercio, por ejemplo, seguirá funcionando de manera normal.
Mientras, el domingo 18 y lunes 19 corresponden a feriados obligatorios, en los que los trabajadores no deben desempeñar sus labores -salvo los casos explicitados en por ley-, al mismo tiempo que los empleadores no pueden exigirles que trabajen.
🔴Los días 18 y 19 de septiembre serán feriados obligatorios e irrenunciables para todos los trabajadores del comercio incluidos los trabajadores que se desempeñan en las denominadas "tiendas de conveniencia" que funcionan adosadas a servicentros. #TrabajoDecente #FiestasPatrias pic.twitter.com/EVtvbU0yVL— DireccióndelTrabajo (@DirecDelTrabajo) September 13, 2022
¿Cómo funcionará el comercio?
Con la claridad de cuáles son feriados irrenunciables y cuáles no, la interrogante que se hacen las personas es ¿cómo funcionará el comercio?
La respuesta es muy sencilla. Supermercados, malls y todo el comercio deberán cerrar sus puertas máximo a las 21:00 horas del sábado 17 de septiembre.
Esa medida deberá mantenerse de esa forma hasta el 20 de septiembre, cuando los trabajadores deban retomar sus labores.
Recordemos que el 18 y 19 de septiembre pueden abrir solo los negocios familiares y atendido por sus propios dueños y/o dueñas.
Además, también pueden trabajar quienes se desempeñen en centros de entretenimiento (como fondas), hoteles, restaurantes, bencineras, farmacias de turno y servicios de urgencia.
🔴Recuerda que que pueden abrir solo los negocios familiares y atendido por sus dueñas y/o dueños.
👉Un feriado irrenunciable es aquel en el que por ningún motivo un trabajador o una trabajadora del comercio, es decir, centros comerciales, supermercados, entre otros,debe laborar. pic.twitter.com/K32CEkb0Kw— DireccióndelTrabajo (@DirecDelTrabajo) September 14, 2022
¿Y si me obligan a trabajar?
Los empleadores que no respeten la norma y obliguen a sus trabajadores a laborar durante el 18 y/o 19 de septiembre, arriesgan multas que van desde las 5 UTM ($298 mil aprox.), hasta 60 UTM ($3.575.700).