¿Qué cubre y cómo funciona? Conoce cuál es el seguro obligatorio para conductores extranjeros en Argentina

Durante el último tiempo, los chilenos viajan cada vez más hasta Mendoza para aprovechar el cambio de moneda favorable. Sin embargo, deben contratar el seguro RCI que ampara la responsabilidad civil que pudiera contraer un auto o conductor extranjero en tierras trasandinas.

Sábado 29 de abril de 2023 | 16:49

Mendoza se ha convertido uno de los destinos turísticos favoritos para los chilenos durante el últimos tiempo. Pero no es sólo por su cercanía y los impresionantes parques que posee la ciudad, sino que, también, por los bajos precios a los que se encuentra la mercadería. Asimismo, la facilidad de ingresar a Argentina por vía terrestre provoca que nuestros compatriotas esperen las largas filas y horas para poder hacer efectivo su viajes. Es más, este fin de semana largo, miles de chilenos viajaron para aprovechar el cambio de moneda favorable. Sin embargo, quienes deciden emprender camino hasta tierras trasandinas en vehículo deben contar con un seguro obligatorio que exige el país para amparar la responsabilidad civil que pudiera contraer un auto o conductor extranjero: El seguro RCI. Este seguro, que también es obligatorio en otros países de la región, como Brasil, Bolivia, Ecuador, entre otros, ha experimentado un alza considerable en su demanda por parte de los clientes, quienes cada vez viajan más. En tanto, Mauro Cáceres, subgerente de Marsh, una corredora de seguros y gestión de riesgos, comentó que esta póliza "actúa a través de la indemnización o reembolso por los montos de los cuales el asegurado resulte civilmente responsable, todo esto por medio de sentencia judicial".

¿Qué cubre y en qué fijarse para contratar seguro RCI?

La cobertura del seguro RCI se hará por causas de daños materiales y/o personales a terceros que no sean transportados por el vehículo asegurado en la póliza y que sean causados por accidentes de tránsito en los siguientes casos:  

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  • Por el automóvil detallado en este seguro, el que necesariamente deberá ser de paseo particular o alquiler, no patentado en el país de ingreso.
  • Por objetos transportados por el vehículo en el lugar destinado para tales fines.
  • Por remolque, detallado en este seguro, cuando se encuentre acoplado al mismo auto asegurado, siempre que la autoridad autorice su uso y se haya pagado una prime adicional.

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