Seguro de Cesantía: Hasta este sábado se puede retirar el saldo total acumulado
Esta opción va dirigida para trabajadores que, producto de la emergencia sanitaria, hayan perdido sus fuentes de ingreso. Los postulantes pueden acceder al dinero del seguro sin la necesidad de contar con el finiquito y sólo con el carnet de identidad.
Sábado 6 de marzo de 2021 | 13:54
Hasta este sábado 6 de marzo se extiende el plazo extraordinario para que los cotizantes del Seguro de Cesantía puedan retirar la totalidad de sus fondos.
Cabe recordar que en diciembre pasado fue aprobada la legislación que permite el acceso flexible a nuevos pagos de este seguro, como parte de las medidas para aminorar el impacto económico del COVID-19 dentro de la población.
Esta flexibilización permite a los trabajadores que, producto de la emergencia sanitaria hayan perdido sus fuentes de ingreso, puedan acceder al dinero del seguro sin la necesidad de contar con el finiquito (en caso de retiro total) y sólo con el carnet de identidad.
¿Cómo solicitar el total de los ahorros?
Esta opción especial se realiza vía online a través del sitio web de la AFC. Para ingresar a la plataforma, cuyo trámite es completamente gratuito, debe contar con su RUT, clave de acceso de AFC o ClaveÚnica del Estado, o número de RUT y serie de documento.
El sistema le mostrará su saldo y validará si cumple con los requisitos para optar al retiro total del monto de la Cuenta Individual.
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- Ingrese sus datos, correo electrónico para ser notificado y modalidad de pago. Debido a la contingencia y para no exponerse, le recomendamos preferir los medios de pago electrónico.
- Firme la declaración jurada y confirme sus datos.
- Recibirá un correo de confirmación.
- En un plazo de cuatro días hábiles, recibirá la respuesta de aprobación o rechazo de AFC Chile, informando los montos y fechas de pago o motivos del rechazo.
El pago se realizará en un sólo giro si el monto es inferior o igual a $225.000. Los saldos superiores a ese monto se pagan en dos o más giros, hasta agotar el saldo de su cuenta con un máximo posible de 13 giros.
Posteriormente, se pagará según los porcentajes y la tabla de giros de la nueva ley, tomando como referencia el promedio de los tres últimos meses de la remuneración imponible. El calendario de pago es el mismo que rige para el Seguro de Cesantía tradicional.