Seguro de Cesantía: Revisa el paso a paso para cobrarlo de forma online si estás sin trabajo
En caso de tener dinero ahorrado en tu cuenta individual de la AFC, entonces puedes acceder a esta ayuda económica que se entrega mensualmente. Para solicitarla sólo debes contar con la cédula de identidad vigente y el finiquito del despido.
Lunes 19 de febrero de 2024 | 10:23
Qué documentos necesito
Para acceder al seguro sólo es necesario presentar la cédula de identidad vigente y el finiquito firmado o ratificado. En caso que no tener este último, puede ser otro documento que acredite la cesantía, como los siguientes:- Comunicación del despido entregada a la o el trabajador, por escrito y firmada por la o el empleador.
- Certificación del inspector del Trabajo respectivo que certifique el término del contrato.
- Acta de Conciliación o Avenimiento.
- Acta de Comparecencia ante la Inspección del Trabajo.
- Sentencia judicial ejecutoriada.
- Carta de renuncia ratificada ante algún ministro de fe.
El paso a paso para cobrar el Seguro de Cesantía
Para cobrar el Seguro de Cesantía debes seguir los siguientes pasos:- Ingresa al sitio web de la AFC y haz clic en el banner Cobrar mi Seguro de Cesantía.
- Una vez redirigido a otra plataforma, escribe tu RUT y Clave Única.
- Cuando ingreses a tu perfil, te indicarán el monto que tienes ahorrado. En caso de tener dinero a tu favor, haz clic en el botón azul Cobrar Seguro de Cesantía.
- Haz clic en comenzar solicitud de cobro.
- Sube el finiquito o documento que acredite tu cesantía.
- Revisa la simulación de tu pago.
- Confirma tus datos de transferencia.
- Como resultado del trámite, habrás solicitado tu Seguro de Cesantía.
Monto del Seguro de Cesantía
Es importante saber que el Seguro de Cesantía habitualmente no se otorga en un pago único, es decir, se puede realizar tantos giros mensuales de tu cuenta individual como tu saldo lo permita. Además, éstos se pueden cobrar de acuerdo a los siguientes porcentajes de la remuneración según los últimos 12 meses:- Primer mes: 70%
- Segundo mes: 55%
- Tercer mes: 45%
- Cuarto mes: 40%
- Quinto mes: 35%
- Sexto mes o superior: 30%