Solo con tu nombre: Así puedes revisar si tienes dinero sin cobrar en algún banco
La Comisión para el Mercado Financiero dispone de una herramienta para que las personas puedan consultar si cuentan con acreencias bancarias en las distintas instituciones financieras. Acá te enseñamos a hacer el trámite.
Lunes 5 de diciembre de 2022 | 12:37
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) dispone de una plataforma que permite a las personas revisar si es que tienen dinero por cobrar en alguna institución financiera.
A través de su sitio web, la herramienta facilita la búsqueda del listado de las acreencias bancarias en los bancos, instituciones financieras y cooperativas de ahorro y crédito del país.
Recordemos que las acreencias son dineros que el usuario no cobró por desconocimiento u olvido y es importante solicitarlos, puesto que están sujetos a caducidad y después de un tiempo son enviados al Fisco.
#AcreenciasBancarias
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¿Cómo? 👉 Revisa en línea con tu nombre completo 📲 https://t.co/j0uhVExKW8
🛑 Si los montos no son cobrados luego de 3 años, la institución financiera deberá entregar esos recursos al fisco. pic.twitter.com/0tfPn5e3vr— ChileAtiende Oficial (@ChileAtiende) December 2, 2022
Por esa razón, la CMF habilitó una herramienta en su sitio web acreencias.cmfchile.cl.
Se trata de un sencillo buscador de acreencias bancarias y que funciona, simplemente, ingresando el nombre de la persona o empresa en cuestión.
¿Cómo consultar?
Para consultar si tienes acreencias bancarias debes seguir los siguientes pasos:
- Ingresa al sitio web acreencias.cmfchile.cl o haz clic en la imagen a continuación.
- Escribe el nombre de la persona particular o de la empresa que desea buscar.
- Haz clic en "buscar acreencias".
- A continuación, se desplegarán datos como nombre completo, banco, monto y año.
¿Qué pasa si no cobro el dinero?
Los montos tienen una vigencia de tres años desde que fueron publicados en las listas por parte de los bancos y otras instituciones financieras.
En caso de que no sean cobrados por los dueños correspondientes, estas deberán otorgar la totalidad del dinero al fisco.
Sin embargo, la regla de caducidad no se aplica a los depósitos y captaciones a plazo indefinido o con cláusula de renovación automática; a las boletas o depósitos de garantía; a las sumas recibidas por cheques viajeros, y en los casos en que haya retención, prenda o embargo sobre los dineros correspondientes.