Las personas naturales, empresas o instituciones pueden reclamar los dineros "olvidados" en distintas entidades bancaria en un periodo máximo de 3 años, que comienza cuando es publicada la lista en el Diario Oficial. Conoce acá si aparece tu nombre.
Según lo dispuesto por la ley, en marzo de cada año los bancos chilenos deben publicar las acreencias bancarias sujetas a caducidad. Se trata de dineros que están a nombres de personas, empresas o instituciones, que no han sido retirados y, por lo tanto, están a la espera de ser cobrados por el titular.
Este año corresponde la devolución de dineros acumulados desde el 2018 a la fecha. Después de 3 años sin movimiento, estos montos entran en un plazo legal para caducar y pasar directamente a las arcas del Fisco, siempre que sus dueños no los reclaman dentro del último periodo posible para cobrar.
Para pedir estos montos, los clientes solo deben contactarse con la entidad que guarda esta acreencia y realizar un simple trámite.
Lee también: Quinto y sexto pago del Ingreso Familiar de Emergencia: Revisa las posibles fechas en que podrías recibirloCualquier persona natural puede revisar si tiene acreencias bancarias, ingresando al sitio web acreencias.clientebancario.cl. Lo que debe hacer es poner el nombre completo del cliente o realizar la búsqueda por apellido.
La información del buscador contiene la lista publicada por las entidades bancarias en el Diario Oficial durante marzo, y corresponde a los dineros acumulados durante el periodo 2018- 2020.
Sin embargo, los montos del 2017 o años anteriores ya encuentran vencidos.
Lee también: Red de Protección Social: Revisa la plataforma que reúne todos los beneficios del EstadoPara cobrar estos montos, el titular debe dirigirse al banco determinado con su cédula de identidad. En caso de que la acreencia no esté a nombre del titular, se recomienda conseguir asesoramiento jurídico.
Si se trata de montos menores a 5 UF, cada titular deberá consultar directamente su situación con la entidad bancaria correspondiente.