Este aporte es recibido por todas aquellas usuarias del Programa Chile Seguridades y Oportunidades, y se paga durante dos años. Conoce si cumples con los requisitos y cómo se puede cobrar este beneficio.
El Bono de Protección o también llamado "Dueña de Casa", es un aporte mensual que entrega el Estado durante dos años a mujeres jefas de hogar y dueñas de casa más vulnerables.
Este aporte es recibido por todas aquellas usuarias del Programa Chile Seguridades y Oportunidades, por lo que para percibir el beneficio no se postula, ya que solo es necesario participar del programa de Acompañamiento Psicosocial (APS) y pertenecer al subsistema del Ingreso Ético Familiar, con el registro correspondiente en el Registro Social de Hogares (RSH).
De acuerdo a los siguientes tramos, los montos del año 2021 son:
El primer pago de estos dineros corresponde dentro de una fecha cercana a la primera sesión del "Acompañamiento Psicosocial". Además, esta ayuda será depositada mensualmente a la beneficiaria dentro de 24 meses y su valor varía de acuerdo al mes en que lo recibe.
El aporte se paga a través de depósitos electrónicos en la cuenta bancaria del beneficiario o bien a través de la CuentaRut. También se puede cobrar de manera presencial en la caja de compensación Los Héroes y en las sucursales de BancoEstado más cercano a su domicilio.
Sin embargo, hay un plazo de seis meses para cobrar estos dineros, ya que en caso contrario se entenderá que el beneficiario renunció al bono.
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1.- Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez, discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
2.- Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
3.- Mujer mayor de 18 años de edad que desempeñe la función de dueña de casa.
4.- Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1,2 y 3, el bono se pagará al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
5.- Si no se cumplen los requerimientos anteriores, el pago lo recibirá cualquier mujer mayor de 18 años del hogar. En caso contrario, a cualquier hombre mayor de 18 años.
6.- Si no existen las condiciones anteriores, el pago lo recibirá la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a un menor de 18 años.