El acusado fue sorprendido por la policía al lanzar un artefacto incendiario compuesto por una botella de vidrio, combustible y una mecha en su interior. El suceso ocurrió en noviembre de 2019, en pleno estallido social.
El Cuarto Tribunal del Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Santiago condenó a Christian Valdés Morales a la pena de tres años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de lanzamiento de artefacto incendiario.
El día 28 de noviembre de 2019, en las inmediaciones de Plaza Italia, el acusado Christian Valdés fue sorprendido por funcionarios de Carabineros arrojando un artefacto incendiario a un vehículo policial de Fuerzas Especiales.
El tribunal dio por acreditado que el joven de 27 años "fue sorprendido por funcionarios de Carabineros de Chile, cuando encendió y arrojó a un vehículo policial de Fuerza Especiales que se encontraba en lugar, una bomba molotov o incendiaria, compuesta de una botella de vidrio, combustible y una mecha en su interior".
Lee también: Estallido social: Estudio encargado por defensa de Carabineros dice que "no existen evidencias de una policía criminal"En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Juan Carlos Urrutia Padilla (presidente), Cristina Cabello Muñoz y María Alejandra Cuadra Galarce (redactora)– aplicó, además, las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.
En la determinación de la pena, el tribunal tuvo presente que "el acusado Valdés Morales fue declarado responsable de un delito de arrojar artefacto explosivo, previsto y sancionado en el artículo 14 D) de la ley 17.798 (control de armas) que establece para este tipo de injusto, la pena de presidio menor en su grado máximo".
"Teniendo en consideración, que le beneficia la atenuante de colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos del artículo 11 Nº9 del Código Penal y conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Código Penal, el tribunal establecerá la sanción en su mínimo, tal como solicitare la defensa, determinándose la sanción en tres años y un día de presidio menor en su grado máximo", indicó el fallo.