El IPS aclaró que más de 2,5 millones de personas resultarán beneficiadas y que no hay que hacer trámites extras para recibir el pago. En tanto trabajadores públicos y privados también pueden recibir el beneficio. Revisa todos los detalles acá.
El Instituto de Previsión Social (IPS) inició oficialmente este 1 de septiembre el pago del aguinaldo correspondiente a las Fiestas Patrias. A través de un comunicado, la entidad aseguró que más de 2,5 millones de personas resultarán beneficiadas, aclarando que no hay que hacer mayores trámites para recibir el dinero.
Para pensionados o pensionadas, el monto asciende a un total de $21.882, el cual puede incrementarse en $11.226 por cada carga familiar debidamente inscrita y acreditada hasta el 31 de agosto pasado.
En el caso de trabajadores públicos, este valor aumenta o disminuye de acuerdo a la remuneración percibida. Mientras que en el sector privado también se entrega pero con ciertas diferencias que dependerán de cada empleador.
De acuerdo a lo especificado, el aguinaldo de Fiestas Patrias es recibido por los y las pensionadas, trabajadores del sector privado y público.
En el caso de los jubilados, el beneficio corre para:
El IPS detalló que los pagos se hacen en la misma fecha y forma de la entrega de pensión que la persona tenga asignada para el mes de septiembre, sin tener que realizar ningún nuevo trámite.
Esto corre para quienes reciben depósito o pago presencial a través de los proveedores de pago habituales del IPS, o de la institución que pague el beneficio. Por ejemplo, si a una persona le corresponde pago del IPS este 2 de septiembre, se le paga su pensión habitual junto con su respectivo aguinaldo.
La idea, detallaron desde la entidad, es adelantar el calendario tradicional y distribuirlo hasta el 18 de septiembre, con el objetivo de que el dinero esté en poder de los ciudadanos y ciudadanos antes de que comience la tradicional celebración.
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El valor del aguinaldo depende directamente del salario del trabajador o trabajadora.
En el caso de trabajadores y trabajadoras del sector privado, pueden recibir el aguinaldo de Fiestas Patrias pero con cargo a sus respectivos empleadores, quienes no están obligados a entregar esta ayuda. De todas formas, el dinero puede exigirse si es que está incluido dentro del contrato o si existe un convenio colectivo o sindical donde el beneficio esté incorporado como cláusula.