De acuerdo al organismo, el texto que elabora el Consejo Constitucional carecería de "reconocimiento explícito de niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos".
Desde la
Defensoría de la Niñez alzaron la voz respecto de las
enmiendas que han sido aprobadas en los últimos días por el
Consejo Constitucional. Específicamente, emitieron una advertencia sobre "
graves problemas que presenta la actual propuesta de nueva Constitución".
Lo anterior, según señaló el organismo, en el marco de los derechos de niños, niñas y adolescentes, ya que según estimaron, el texto trabajado por el Consejo y la Comisión Experta "presenta brechas muy importantes, como la
falta de reconocimiento explícito de niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos".
Defensoría de la Niñez alertó a organismos internacionales
Previo a la argumentación presentada, cabe mencionar que la
Defensoría de la Niñez cuenta con facultades legales para emitir recomendaciones sobre la promoción y protección de los derechos de los niños, además de velar por el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño y los demás tratados internacionales relativos al tema.
Por lo mismo, y en consideración del proceso constitucional actual, el organismo autónomo
recurrió a instancias internacionales para alertar esta situación.
Los mecanismos que utilizaron fue enviar un análisis técnico sobre esta materia al Comité de los Derechos del Niño, a la Comisión de Venecia, al Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), entre otros.
Los argumentos de la Defensoría de la Niñez
Según sostuvo
Giannina Mondino, defensora de la Niñez (S),
tanto este proceso como el anterior han sido seguidos atentamente por ellos.
Pero "lamentablemente, a pesar de las recomendaciones que hemos entregado (...) el proceso actual no sólo presenta brechas muy importantes, como la falta de reconocimiento explícito de niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos, sino que, además,
ha aprobado en el pleno artículos que resultan contradictorios con los estándares internacionales y con la legislación vigente", señaló.
En concreto, Mondino apuntó a que algunos de los artículos "incluyen una
visión adultocéntrica y lejana al enfoque de derechos de la niñez y adolescencia", asegurando que los relega "como
personas sin capacidad de agencia y ejercicio de sus derechos".
Artículo 14: Sobre derechos de niñez y adolescencia y el interés superior
Dicho análisis recae en un artículo ya aprobado y que, según considera, "define de forma incorrecta el principio de interés superior del niño, asumiendo que su
determinación es prioritariamente desde la familia".
De acuerdo con su
revisión de los artículos aprobados por el Consejo, se trataría del
artículo 14, el cual señala lo siguiente:
"La Constitución reconoce y asegura el interés superior de los niños, el cual incluye las condiciones para crecer y desarrollarse en su familia. Se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad. El Estado reconoce a la familia, esto es, los padres o tutores en su caso, la prioridad en la determinación del interés superior de sus hijos o pupilos, procurando su máximo bienestar espiritual y material posible. Se protegerá especialmente a los niños contra cualquier tipo de explotación, maltrato, abuso, abandono y/o tráfico de niños, todo esto de conformidad a la ley".
Pero no sólo eso, sino que además el análisis aplica para
enmiendas que no reconocen sus derechos a la libertad de pensamiento, conciencia y religión (art. n°16); sobre el derecho a la educación (art. n° 22 y 23); y sobre el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en la sociedad.