Decretan Estado de Catástrofe en la Región de Ñuble por incendios forestales - Chilevisión
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03/02/2023 01:05

Decretan Estado de Catástrofe en la Región de Ñuble por incendios forestales

Durante la jornada de este jueves, cuatro regiones del país se han visto afectadas por los siniestros, consumiendo más de 3.500 hectáreas a nivel nacional. Actualmente. Ñuble es la única región que se encuentra con Alerta Roja en su totalidad.

Publicado por cgalleguillos
Durante la madrugada de este viernes, el gobierno decretó Estado de Catástrofe para la Región de Ñuble debido a los incendios forestales que actualmente tiene a toda la zona en alerta roja. La ministra del Interior y Seguridad Pública, Carolina Tohá, informó que un grupo de secretarios de Estado viajarán a la zona afectada para "activar una colaboración lo más amplia posible de todos los actores sociales y generar conciencia que esta situación que estamos atravesando hoy día tiene condiciones meteorológicas que no van a mejorar". Recordemos que durante la jornada de este jueves, las regiones de Maule, Ñuble, Biobío y La Araucanía se han visto afectadas por los siniestros, consumiendo más de 3.500 hectáreas a nivel nacional. En el caso particular de Ñuble, Tohá sostuvo que al menos, 69 casas alcanzadas por las llamas y una persona resultó con quemaduras y se encontraría en condiciones estables en el hospital de Bulnes.

¿Qué es un Estado de Catástrofe?

El Estado de Excepcional Constitucional de Catástrofe está regulado en la Constitución Política y la Ley Nº 18.415 Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción Constitucional. Esta medida es declarada por el Presidente de la República mediante un decreto supremo firmado por los Ministros de Interior y Defensa, en caso de calamidad pública dentro de una determinada zona geográfica; por calamidad pública de causas humanas o naturales, de una magnitud tal que generen un grave daño al normal desarrollo de la vida social y la economía, afectando significativamente a personas o bienes dentro del territorio de la República. Los acontecimientos que motivan su declaración, pueden ser variados y de amplio alcance, cubriendo sismos, inundaciones, sequías, epidemias o la provocación de una peste por obra de elementos químicos, biológicos o bacteriológicos, etc. Además, el inciso tercero del artículo 43 del texto constitucional establece que, mediante este recurso, el presidente puede:
  • Restringir las libertades de locomoción y de reunión.
  • Disponer requisiciones de bienes.
  • Establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad.
  • Adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad en la zona afectada.

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