El aporte económico con carga estatal está dedicado a los trabajadores del sector público y pensionados. En este último tramo, se contemplan diferentes cifras dependiendo de sus cargas familiares registradas hasta el 30 de noviembre del presente año. A continuación, los detalles del beneficio.
Falta poco más de un mes para la celebración de Navidad, una fecha en que trabajadores y pensionados reciben un aguinaldo estatal que busca dar apoyo a las familias en estas fechas especiales. Dinero que se contempla dentro de la Ley 21.306 y que es entregado a mediados de diciembre, a fin de que las personas puedan contar con dicho monto para las celebraciones.
Según dispuesto por la normativa, y tal como se mencionó anteriormente, tanto los funcionarios públicos que desempeñen cargos de planta o a contrata, o sean asistentes o profesionales de la educación pública, así como los pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS), son los beneficiados con esta medida económica.
En este caso, el monto del aguinaldo será de $59.436, en caso de que la remuneración líquida percibida en el mes de noviembre sea igual o inferior a $794.149. Mientras que para quienes superen dicha cifra, el aporte será de $31.440.
Lee también: ¿Podríamos ser un país sin billetes? Suecia lo será en 2023Respecto de los pensionados, según lo detallado en la plataforma de Chile Atiende, el dinero base corresponde a $23.704 y solamente se pagará a quienes estén pensionados al 30 de noviembre de 2021.
Todos aquellos que en esta materia tengan una de las siguientes calidades, recibirán el aguinaldo navideño:
Sin embargo, la cifra base aumenta en $13.392 por cada persona que, al 30 de noviembre de 2021, tenga acreditada como carga familiar. Lo anterior se considera aunque no tenga derecho a cobrar Asignación Familiar porque su ingreso mensual es superior a $779.882.
Lee también: Fondos E: Proponen bono de unos $15 millones para compensar pérdidas de quienes estén por jubilarAquellas personas que trabajen en el sector privado pueden recibir un aguinaldo navideño pero con cargo a los empleadores, quienes no están obligados a entregar esta ayuda. De todas formas, el dinero puede exigirse si es que está incluido dentro del contrato o si existe un convenio colectivo donde el beneficio esté incorporado como cláusula.
Hay que destacar que en todos los casos mencionados, este dinero no está afecto a descuentos, no es tributable y tampoco imponible.