La lista será difundida dentro de unos días por el Servel, que otorgará un periodo de tres días hábiles para que quienes no puedan cumplir con la labor presenten las excusas correspondientes. Revisa lo que tienes que saber del proceso.
El próximo domingo 11 de abril se llevarán a cabo las elecciones de gobernadores regionales, alcaldes, concejales y constituyentes.
Es por este motivo, que el Servicio Electoral (Servel) designa a las personas que desarrollarán las labores como vocales de mesa para esa instancia.
Es el elector designado para integrar una Mesa Receptora de Sufragios, cumplir las funciones de recibir los votos emitidos y realizar el escrutinio de éstos, entre otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
Lee también: Plan Paso a Paso: La fase en que estará cada comuna del país desde el lunes 8 de marzoEl organismo adelantó que la nómina de quienes deberán cumplir esa función se publicará el próximo sábado 20 de marzo.
A partir de esa fecha se podrá revisar si alguien fue designado o no. Para hacerlo se debe ingresar al sitio web del Servicio Electoral (Servel) y dirigirse a la opción de Consulta de Datos Electorales.
Entre el día lunes 22 de marzo y el miércoles 24 de marzo es el plazo de presentación de excusas ante las Juntas Electorales para aquellos electores designados vocales de mesa que, por alguna de las causas contempladas en la ley, no puedan cumplir con su labor.
Lee también: Segunda etapa del Subsidio Protege: Así puedes postular al aporte para madres y padres trabajadoresLos motivos para poder excusarse de acuerdo al artículo 49 de la Ley 18.700 son los siguientes:
Las excusas pueden ser presentadas ante las Juntas Electorales de forma presencial y vía correo electrónico, con los datos disponibles en el sitio del Servel.
Lee también: Revisa cómo buscar si tienes dinero "olvidado" en el bancoEl día sábado 27 de marzo se dará a conocer la nómina definitiva de vocales de mesa. Las personas designadas no podrán presentar excusas para no desarrollar la labor.
Quienes no concurran a desempeñar sus funciones arriesgan una infracción electoral, la cual es sancionada con una multa a beneficio municipal, que va de 2 a 8 UTM, es decir, aproximadamente entre $79.500 y $318.000.