En ese contexto, entre las pruebas expuestas por la Fiscalía durante el juicio oral, se encuentran los testimonios de testigos e imágenes grabadas por vecinos donde se pudo observar el momento en que el menor de edad fue golpeado por los uniformados en 47 ocasiones.
Una pena de cárcel efectiva por cuatro años de presidio es la sentencia que fue informada esta jornada por el Séptimo Tribunal de Juicio Oral de La Florida en contra de dos carabineros por el delito de tortura: El sargento Alexis Enrique Contreras Ulloa y el cabo Felipe Andrés Cifuentes Aburto.
La Fiscalía de la Florida logró acreditar en el juicio oral, la participación de los funcionarios policiales en el delito en contra un menor de 16 años ocurrido la noche de 21 de octubre de 2019.
El fallo fue informado por la tarde de este viernes 29 de octubre, precisando que los dos condenados deberán cumplir la pena en forma efectiva una vez que el fallo se encuentre ejecutoriado.
El fiscal jefe de La Florida, Felipe Díaz destacó que "es un fallo muy relevante para la fiscalía, ya que sanciona a agentes del Estado que torturaron a un adolescente, al que golpearon en más de 47 ocasiones provocando lesiones en circunstancias que se encontraba detenido, sin oponer resistencia, ya que incluso estaba esposado".
Lee también: Revelan red entre Pinochet y políticos suecos por secuestro y adopción ilegal de más de 1.700 menores"La condena considera la agravante de provocar lesiones a la víctima que estaba bajo su custodia o detención, es decir una pena que es efectiva", aseguró.
En ese contexto, entre las pruebas expuestas por la fiscalía durante el juicio oral, se encuentran imágenes grabadas por vecinos donde se pudo observar el momento en que el menor de edad fue golpeado por los uniformados.
Fiscal jefe de La Florida Felipe Díaz explicó la relevancia de este fallo tras obtener condena contra dos funcionarios de carabineros por delito de #tortura en octubre de 2019 en la comuna de @MuniLaFlorida/
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“El 21 de octubre de 2019, aproximadamente a las 21:00 horas, encontrándose vigente el estado de excepción constitucional y toque de queda decretado para ese día a las 20:00 horas, la víctima de 16 años, se desplazaba por calle Walker Martínez a la altura de calle Alicahue de la comuna de La Florida, siendo abordado por funcionarios de seguridad municipal quienes en ese momento reciben información que el adolescente habría participado en un delito de robo, señalándole que se tirara al piso, para luego ponerle las esposas. En eso llegaron dos motoristas de Carabineros, el sargento 2° Alexis Enrique Contreras Ulloa y el cabo 1° Felipe Andrés Cifuentes Aburto, siendo entregado el menor a los funcionarios públicos", comienza relatando el documento.
"Estos dos carabineros encontrándose el adolescente bajo su custodia, privado de libertad y esposado, comienzan a exigirle que le pudiera señalar el lugar en que se encontraban los computadores robados, respondiendo la víctima que no sabía de qué hablaban, y comenzaron a golpearlo repetidamente con sus bastones de servicio, en distintas partes del cuerpo, especialmente en la zona de la espalda, piernas y cabeza, al tiempo que continuaban exigiendo que les indicara que donde había dejado las especies. El menor gritaba pidiéndoles que dejaran de golpearlo y por ayuda", expresó el fallo.
Los hechos descritos, amparados por los testigos que dieron sus testimonios, configuran el delito consumado de tortura cometida por funcionarios públicos, previsto y sancionado en el artículo 150, letra A del Código Penal.