Tras tres años de dictada la sentencia, el servicio planteaba distintas imposibilidades legales y técnicas. Recién este 26 de junio el Registro Civil da cumplimiento a la sentencia en un histórico e inédito fallo donde el interés superior de los menores primó ante la ley.
Uno es chileno y el otro es estadounidense. Se casaron en 2010 en el estado de Connecticut, Estados Unidos, porque ahí se permite el matrimonio entre personas del mismo sexo. Adoptaron a dos niños y formaron una familia.
Viajaron a Chile, pero cuando quisieron inscribir a sus hijos en el país, les dijeron que no era posible porque la ley vigente no lo permite y sólo podía reconocerse a uno de los padres y no a ambos.
Luego de luchar tres años, recién en junio del 2020, el Registro Civil reconoció a ambos padres en un inédito fallo donde el interés superior de los menores primó ante todo pronostico.
Lee también: Registro Civil reactiva petición de audiencias para cambio de nombre y sexo legal suspendida a causa del COVID-19"En este procedimiento, lo que le solicitamos al tribunal es que ordenara al Registro Civil rectificar la partida de nacimiento de los niños incorporando a ambos padres, al padre faltante, en definitiva; porque estos niños efectivamente tenían dos padres y así consta de su partida de nacimiento original la que traían desde Estados Unidos", explicó la abogada del caso, Daniela Hirsch.
Hirsch comenta que el tribunal les dió la razón en julio de 2017 y señala que, de acuerdo con toda la normativa internacional, protección de derechos del niño, protección de los derechos humanos, normas anti discriminación y también normas locales, correspondía darles este pleno reconocimiento a estos padres. Por lo tanto, el Registro Civil efectivamente había incurrido en una discriminación arbitraria al no registrar al segundo padre, por lo tanto ordenaba hacerlo.
Tras tres años de silencio, el servicio presentó distintas imposibilidades legales y técnicas y al solicitar medidas de apremio contra la entidad, pero estas fueron negadas por el tribunal. Fue entonces cuando deciden recurrir a la Corte de Apelaciones, la cual decretó estas medidas para que el servicio cumpliera lo solicitado.
No obstante, y para colmo, el servicio contestó que "no podían dar cumplimiento porque su sistema no se lo permitía. Y lo que hacían entonces era cumplir inscribiendo al segundo padre en el rubro de madre", según explicó la abogada Hirsch.
Luego de mucha insistencia, el Registro Civil hizo una modificación en su sistema e incorporó en el certificado de nacimiento de ambos niños a los dos padres.
Lee también: Justicia ordenó al Registro Civil que inscriba a mellizos con los apellidos de sus dos madresEl Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) calificó la medida como "un avance que marca un hito para las familias homoparentales y abre la puerta para la plena igualdad y el respeto integral al interés superior del niño y de la niña”.
Así, este se convierte en el segundo caso de esta naturaleza, ya que el pasado 8 de junio, el 2° Juzgado de Familia de Santiago, reconoció ante la ley que un niño tenía dos madres.
"Finalmente, tenemos hoy, plenamente reconocida en Chile una familia homoparental", celebró su abogada.