Publican decreto para normar el actuar de Carabineros en medio de la polémica por la muerte de Camilo Catrillanca - Chilevisión
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04/12/2018 11:05

Publican decreto para normar el actuar de Carabineros en medio de la polémica por la muerte de Camilo Catrillanca

El informativo, publicado por le Diario Oficial, responde a una solicitud de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos vinculado al caso de Alex Lemún, otro comunero fallecido en 2002.

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Transcurridas ya 48 del polémico video del sargento que habría efectuado el disparo que le quitó la vida a Camilo Catrillanca en Ercilla hace algunos días y 24 de la citación del Director General de Carabineros Hermes Soto a La Moneda para dar explicaciones por esta situación irregular, hoy una nueva arista se suma al caso.

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Se trata del decreto normativo publicado por el diario oficial y solicitado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, donde se establece cuál debe ser el actuar de la policía uniformada frente a situaciones de control y fuerza.

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Según destaca La Tercera, el documento señala que “con motivo de lo informado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en informes de fondo Nº 31/17 y Nº 67/18, relativos al Caso 12.880, “Edmundo Alex Lemún Saavedra Vs. Chile”; el Estado de Chile, con fecha 9 de marzo de 2018, suscribió un “Acuerdo de Cumplimiento de Recomendaciones Caso Nº12.880″, en donde se obligó adoptar las siguientes garantías de no repetición consistentes en: aprobar un decreto presidencial que contenga lineamientos generales sobre el uso de la fuerza policial, revisar y actualizar los protocolos existentes relativos al empleo del uso de la fuerza para la mantención del orden público, así como establecer el mecanismo para que Carabineros de Chile reporte anualmente al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, estadísticas relativas al uso de la fuerza y episodios violentos”.

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Lo más curioso es que el decreto en cuestión, según informó el mismo medio, fue firmado el pasado 13 de noviembre, un día antes de la muerte de Catrillanca, estableciendo una serie de puntos vitales para el actuar de la policía, como la entrega de informes semanales al Ministerio del Interior, por medio de la subsecretaría de la misma cartera y la revisión periódica de los protocolos de actuación.

Según precisa la ordenanza oficial, “los funcionarios policiales deberán evitar el uso intencional de armas letales, debiendo preferir el empleo de elementos o la adopción de medidas menos dañinas para lograr sus objetivos”.

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“En caso que sea necesario emplear un arma de fuego, y siempre que sea posible, adecuado y útil, el funcionario policial advertirá claramente su intención de utilizarla. Esta advertencia no será necesaria en aquellos casos que con ella se ponga en peligro al funcionario policial o se cree un riesgo grave a otras personas”, señala el reglamento.