El 7° Juzgado de Garantía de Santiago decretó el sobreseimiento definitivo de Mauricio Olave Astorga en una causa por prevaricación y denuncia calumniosa, al no encontrar pruebas suficientes para sostener los cargos.
El 7° Juzgado de Garantía de Santiago, liderado por la jueza Paula Andrea Brito Castro, decretó el sobreseimiento definitivo en una causa que involucraba a Mauricio Olave Astorga.
Olave fue acusado de denuncia calumniosa y prevaricación, pero el tribunal determinó que los hechos no configuraban los delitos, absolviéndolo de los cargos.
La jueza Brito indicó que la denuncia calumniosa no fue nominativa (dirigida a una persona específica) y que no se acreditó dolo ni falsedad, como exige el artículo 211 del Código Penal.
En cuanto al delito de prevaricación, la magistrada concluyó que los errores administrativos relacionados con el acceso al sistema informático no constituían un ilícito penal.
El tribunal destacó que no se pudo probar que Olave o los otros involucrados hubieran actuado con dolo o en un curso de acción concertado para perjudicar a la víctima.
A pesar de las acusaciones, la jueza determinó que los actos en cuestión podrían derivar en responsabilidad administrativa, pero no en responsabilidad penal.
Fue a mitad de septiembre de este año cuando el Tribunal Constitucional declaró inadmisible un requerimiento presentado por Vania del Pilar Boutaud Mejías. La solicitud buscaba declarar inconstitucionales artículos del Código de Procedimiento Civil y Penal.