Tricel decreta disolución de Partido Comunes tras solicitud del Servel - Chilevisión
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31/05/2024 20:39

Tricel decreta disolución de Partido Comunes tras solicitud del Servel

"El partido no está en condiciones de realizar un manejo institucional de los fondos que les proporciona el Estado", dice la resolución. Eso sí, aún queda una apelación que la colectividad podría utilizar.

Publicado por Sebastián Leyton Ojeda

El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) acogió esta jornada la solicitud realizada por el Servicio Electoral (Servel) para disolver el partido político Comunes.

"Este sentenciador tiene la convicción que la denuncia interpuesta por el Servicio Electoral efectivamente cumple con todos los requisitos establecidos en los artículos 65 y 66 de la Ley N°18.603, Orgánica Constitucional de Partidos Políticos para ser acogida", dice la resolución.

"Por los motivos expuestos y normas legales citadas, se acoge la solicitud del Servicio Electoral a fojas 310 y se dispone la disolución del Partido Político Comunes", determinó el organismo.

En esa línea, la máxima instancia de la justicia electoral señaló que “el partido no está en condiciones de realizar un manejo institucional de los fondos que se les proporciona por el Estado para su funcionamiento y cumplimiento de sus fines”, según consignó La Tercera.

El fallo fue redactado por el ministro instructor en primera instancia, Sergio Muñoz, aunque todavía queda una etapa de apelación que Comunes podría utilizar.

Cabe recordar que en febrero de este año, la directiva de la colectividad aseguró en un comunicado que "es preocupante observar cómo,sin agotar las vías previas ni buscar medidas correctivas menos lesivas, se opta por la sanción más grave y extrema".

La denuncia del Servel contra Comunes

A fines de diciembre del año pasado, Servel solicitó la disolución del Partido Comunes tras presentar una denuncia por infracciones graves y reiteradas. Una acción realizada por el director del servicio ante el mencionado Tribunal Calificador de Elecciones.

Estas faltas apuntaba a plazos de entrega de los balances, acreditación de operaciones bancarias, acreditación de gastos por medio de documentos tributarios y pagos cuyo destino se desconoce o que, correspondiendo a reembolsos por gastos de campañas electorales, fueron destinados a fines diferentes a lo electoral.