Entre las dudas que hay en medio de la tramitación está la pregunta respecto a qué sucede con quienes cumplan la edad legal durante la postergación. ¿Pueden participar? Desde el Ejecutivo están por mantener el mismo padrón que existía antes de la decisión tomada por la segunda ola de COVID-19.
A partir del lunes comenzó la discusión del proyecto de aplazamiento de las elecciones ingresado por el gobierno el pasado martes.
Esta semana será clave para conocer la resolución que el Parlamento tomará en relación a la postergación de los comicios de abril. Este miércoles, la reforma constitucional dio un paso al ser aprobada por la Cámara.
Si bien la idea del cambio de fecha tomó fuerza durante las últimas semanas con el abrupto aumento de contagios de COVID-19, son muchas las aristas del proceso que no tienen un puerto claro, por ejemplo, qué sucederá con los jóvenes que están al límite de la legalidad para sufragar.
En otras palabras, todavía no está zanjado qué pasará con quienes no cumplían el requisito de tener 18 años para votar el 11 de abril, fecha original de los comicios, pero sí los cumplen antes del 15 de mayo, la nueva fecha que está en discusión.
Lee también: ¿Cuántos constituyentes se eligen en cada uno de los distritos?Es adecuado considerar que la participación juvenil tuvo un importante aumento durante el plebiscito de octubre pasado y que está directamente relacionado a los próximos comicios que, entre otros cargos, buscan elegir quiénes serán los que redacten la Carta Magna.
Cabe destacar que, para la histórica votación del 25 de octubre, en la que también existió una relegación del proceso, hubo una renovación de la lista de quienes podrían o no votar en aquella ocasión.
Lee también: Nómina definitiva: Consulta acá si fuiste designado vocal de mesa para las elecciones del 10 y 11 de abrilDesde el Ejecutivo sostienen una posición inicial al respecto. Así al menos lo hicieron notar en el fondo de la reforma en cuestión que entró a trámite el lunes: se busca mantener el mismo padrón electoral como si los comicios se realizarán en la fecha definida originalmente.
Es decir, desde el oficialismo proponen no modificar aspecto alguno y, por tanto, quienes alcancen la mayoría de edad durante el periodo de dilación en definitiva no podrán hacerlo al menos por esta ocasión.
Durante el lunes, el titular de la Segpres, Juan Jose Ossa, y el ministro vocero de Gobierno, Jaime Bellolio, dieron cuenta de la intención de conservar el mismo padrón.
En cuanto al proyecto presentado, el Boletín N°14.138-07, este hace expreso que “sobre el padrón electoral, dispone que sólo podrán ejercer su derecho a sufragio quienes se encuentren habilitados conforme al padrón definitivo contemplado originalmente para las elecciones de los días 10 y 11 de abril de 2021. En el caso de la segunda votación de Gobernadores Regionales, corresponderá al padrón electoral que se utilice en virtud de las primarias presidenciales y parlamentarias de julio de 2021".
Lee también: Comunas en cuarentena: ¿Necesito un permiso para ir a votar en las elecciones de abril?La reforma constitucional ahora pasó a trámite al Senado y no se descartan futuras indicaciones que tengan relación con esta importante arista, en medio de la postergación del proceso eleccionario.
Desde el Ejecutivo esperan que este jueves puedan sellar definitivamente esta materia para así poder promulgar y poner en marcha las medidas para prevenir los contagios durante el sufragio.