Entre este lunes 9 y el miércoles 11 de noviembre se pueden presentar los argumentos. ¿Cómo se realiza este trámite? ¿Es sólo de manera presencial? Esto es lo que tienes que saber.
El Servicio Electoral dio a conocer la nómina de los vocales de mesa para las Elecciones Primarias para alcaldes y gobernadores regionales que se llevará a cabo el próximo domingo 29 de noviembre.
La junta electoral ya designó a las personas que deben cumplir esta labor de manera obligatoria, pero que todavía están a tiempo de excusarse de acuerdo a los argumentos establecidos por el Servel.
Para este proceso, las personas designadas como vocales de mesa deberán presentar sus excusas entre el lunes 9 y el miércoles 11 de noviembre.
Mientras que el sábado 14, las Juntas Electorales publicarán las nóminas de los vocales de mesa convocados como reemplazantes, quienes no podrán excusarse de la labor.
Cabe recordar que los motivos para poder excusarse de acuerdo al artículo 49 de la Ley 18.700 son los siguientes:
De acuerdo al Servel, las personas que fueron designadas para desempeñar la labor deberán presentar sus excusas a través de correo electrónico.
Por lo tanto, entre este lunes 9 y el miércoles 11 de noviembre se podrán enviar las excusas por mail en los casos en que así lo establezcan a las respectivas juntas electorales, sin perjuicio de poder hacerlo por escrito y de manera presencial en el domicilio del secretario de la Junta Electoral correspondiente.
Cabe señalar que quienes deban hacer este trámite deberán adjuntar toda la documentación requerida para respaldar su solicitud, antecedentes que serán evaluados en su mérito por cada Junta Electoral para dar curso a su aceptación o rechazo.
Toda la información necesaria para quienes hayan sido designados vocales de mesa se encuentra disponible en la sección Vocales de mesa de primarias.servel.cl
Cabe recordar que quienes deseen excusarse tienen un plazo de tres días hábiles a partir de la fecha de publicación de la nómina, es decir, hasta el miércoles 11 de noviembre.
De no hacerlo, aquellos que no concurran a desempeñar sus funciones, arriesgan una infracción electoral, la cual es sancionada con una multa a beneficio municipal, que va de 2 a 8 UTM, es decir, aproximadamente entre $79.500 y $318.000.