¿Qué es y cómo funciona una convención mixta constitucional? - Chilevisión
11/03/2020 23:42

¿Qué es y cómo funciona una convención mixta constitucional?

De ganar la opción Apruebo, el mecanismo estaría integrado por 172 miembros repartidos de forma equitativa en un 50% por parlamentarios y en un 50% por ciudadanos electos especialmente para estos efectos.

Publicado por pazarancibia

El próximo domingo 26 de abril se realizará el plebiscito del “Acuerdo por la Paz Social y nueva Constitución”, el cual busca consultar directamente a los ciudadanos si quieren o no una nueva Carta Magna. En caso de ser aprobada, también se debe definir qué órgano tendrá la responsabilidad de redactarla.

Tras el histórico acuerdo alcanzado el pasado 15 de noviembre, los parlamentarios de las diferentes bancadas determinaron que la opción asamblea constituyente (AC) estará catalogada bajo otro concepto. Así, la posibilidad de la AC existe, pero bajo el nombre de “convención constituyente”, sumándose esta a la segunda posibilidad de elección que tendrá el proceso: “convención mixta”.

Una Convención Mixta Constitucional estará integrada por 172 miembros repartidos de forma equitativa en un 50% por parlamentarios y en un 50% por ciudadanos electos especialmente para estos efectos.

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Será el presidente quien deberá convocar a la elección de los miembros de la convención ganadora y se escogerán el 25 de octubre, mismo día en el que se realizará la elección de alcaldes, concejales y gobernadores regionales.

Podrán ser convencionales constituyentes todos los ciudadanos mayores de 18 años que no hayan sido condenados a una pena aflictiva.

Los parlamentarios, en tanto, no perderán su cargo al inscribir la candidatura, sino que "quedarán eximidos de su obligación de asistir a las sesiones de sala y comisión del Congreso durante el período en que esta se mantenga en funcionamiento".

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Por otro lado, la palabra “mixta” puede hacer que muchos caigan en una confusión con “paridad”, la cual tiene relación con que haya la misma cantidad de mujeres y hombres en el proceso constituyente.

Según indica el proyecto, la elección de los ciudadanos constituyentes sí deberá responder a la paridad, no así para el 50% de los parlamentarios, quienes serán electos por sus pares del Congreso pleno.

Los integrantes de ese organismo tendrán una dieta diferenciada, es decir, los constituyentes electos por la ciudadanía recibirán 50 UTM mensuales por su labor, mientras que los parlamentarios seguirán percibiendo su sueldo habitual.

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