Esta ayuda financiera está destinada a apoyar a aquellos trabajadores que se encuentren desempleados. Revisa acá desde cuándo puedes solicitarlo en caso de quedar cesante.
El
Seguro de Cesantía es una ayuda financiera para aquellos trabajadores que se encuentran enfrentando un periodo de desempleo por
renuncia, despido o fin del contrato.
Actualmente, y con el objetivo de crear un
respaldo económico en caso de perder su empleo, la
Administradora de Fondos de Cesantía de Chile (AFC)
retiene mensualmente el 3% del sueldo de los trabajadores.
Dicho fondo puede ser retirado totalmente o incluso
traspasarlos de forma parcial o completa, independiente de si deciden seguir trabajando o no. Esto también incluye a los trabajadores y trabajadoras de
casa particular.
¿Cómo puedo cobrar mi Seguro de Cesantía?
Puedes
solicitar tu retiro de forma virtual o de manera presencial.
De forma virtual:
- Ingresa a Sucursal virtual.
- Dirígete a la sección “mis trámites”.
- Ingresa a “solicitud de retiro de pensionado” y presiona “ingreso de solicitud”.
De forma presencial:
¿Qué documentos necesito para cobrar el Seguro de Cesantía?
- Cédula de identidad.
- Finiquito firmado u otro documento que pueda acreditar que se encuentra en situación de cesantía.
- Certificado de resolución de pensión emitido por AFP, IPS o Cajas de Previsión según corresponda, que indique la fecha de inicio de la pensión y el tipo de pensión que recibe.
- De ser el caso, el certificado de invalidez total o invalidez parcial definitiva emitido por la AFP.
- En el caso de pensión de vejez anticipada con rebaja de años por realizar trabajo pesado, debe presentar el documento que acredite dicha rebaja.
El documento debe estar firmado ante el presidente del sindicato, el delegado del personal o sindical respectivo. De no ser posible, este puede estar ratificado ante notario público, inspector del Trabajo, asistente laboral, oficial del registro civil o secretario municipal.
¿Cuándo puedo retirar el dinero del seguro de cesantía?
El seguro puede cobrarse desde el día siguiente al termino de tu contrato. Una vez que se ha terminado el contrato de trabajo,
no hay un plazo máximo para retirar tu seguro de cesantía.
Si continuas sin trabajo no hay fecha limite para cobrarlo. Para revisar si cumples con los requisitos
puedes ingresar a AFC.cl con tu Clave Única o con tus credenciales AFC.