Seguro de Cesantía: ¿Se pueden designar beneficiarios para heredar el dinero? - Chilevisión
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14/03/2024 10:10

Seguro de Cesantía: ¿Se pueden designar beneficiarios para heredar el dinero?

Cabe recordar que en caso de quedar sin trabajo, de manera voluntaria o involuntaria, las personas pueden acceder al dinero del seguro siempre y cuando estén afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

Publicado por mmeza
El Seguro de Cesantía es un derecho al que pueden acceder todos los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y, en caso de muerte, los fondos pueden ser heredados. Cabe recordar que en caso de quedar sin trabajo, de manera voluntaria o involuntaria, las personas pueden acceder al dinero del seguro.

¿Cómo heredar el dinero del Seguro de Cesantía?

Para poder heredar el dinero es necesario registrar a los beneficiarios en la Sucursal Virtual de afiliados, quienes recibirán los fondos en caso de fallecer. Por lo tanto, los fondos acumulados en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) sí son heredables:
  • Ingresa a la Sucursal Virtual
  • Haz click en la pestaña Cobro del Seguro
  • Luego presiona en Inscribir a mis beneficiarios
  • También se puede hacer de forma presencial en cualquier sucursal de AFC Chile
Los datos que se necesitan para el registro son:
  • Nombre completo
  • Cédula de identidad
  • Fecha de nacimiento
  • Relación con el(la) afiliado(a)
  • Porcentaje designado para cada uno
Está permitida la inscripción de más de un beneficiario, asignando a cada uno un porcentaje hasta completar el 100%.