Seguro de Cesantía: ¿Se pueden designar beneficiarios para heredar el dinero?
Cabe recordar que en caso de quedar sin trabajo, de manera voluntaria o involuntaria, las personas pueden acceder al dinero del seguro siempre y cuando estén afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
Publicado por mmeza
El Seguro de Cesantía es un derecho al que pueden acceder todos los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y, en caso de muerte, los fondos pueden ser heredados.
Cabe recordar que en caso de quedar sin trabajo, de manera voluntaria o involuntaria, las personas pueden acceder al dinero del seguro.
Para poder heredar el dinero es necesario registrar a los beneficiarios en la Sucursal Virtual de afiliados, quienes recibirán los fondos en caso de fallecer.
Por lo tanto, los fondos acumulados en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) sí son heredables: