A casi un mes de la Navidad y modo de ayuda económica, el Estado entrega un aguinaldo para apoyar a las familias que deben incurrir gastos durante esta época del año. ¿Se debe cumplir con algún requisito? Los detalles acá.
El cierre de año está a la vuelta de la esquina y con ello, también las fiestas como Navidad y Año Nuevo. En ese sentido, y considerando el alza en los gastos que se producen en esta época del año, es que el Estado dispone para la ciudadanía del Aguinaldo de Navidad.
El beneficio se traduce como monetario destinado a los trabajadores y trabajadoras del sector público, además de los pensionados y pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS), como medida paliativa para los costos asociados a las fiestas.
Aunque si bien el aguinaldo que entrega el Fisco es específicamente para los grupos mencionados, también es posible que sea pagado a trabajadores y trabajadoras del sector privado, aunque con matices respecto a las condiciones para recibirlo.
Los jubilados que reciben los $25.150, que podría incrementarse en caso de tener carga familiar son:
¡Ojo con esto! 📢 Si quieres solicitar beneficios como la #PGU o el #BonoBodasDeOro, es necesario estar inscrito(a) en el #RegistroSocialDeHogares 👍.
➡ Si aún no lo tienes, solicita el ingreso en el sitio https://t.co/FhaG7KwoFj con tu #ClaveÚnica.
Sigue estos pasos ⬇ pic.twitter.com/t1hvwl1EGs— IPSChile (@IPSChile) November 4, 2022
En el caso de los funcionarios públicos, se les entregará un monto de $63.062 a quienes tengan una remuneración líquida inferior o igual a $842.592. Para los que tengan una cifra superior, les toca un aguinaldo de $33.358.
En cuanto a los jubilados, la ley indica que este año el monto es de $25.150. Sin embargo, éste podría incrementarse en $14.209 por cada persona que tengan acreditadas como carga familiar.
Para los pensionados y pensionadas, el dinero se depositará el próximo 30 de noviembre, mientras que para los trabajadores y trabajadoras del sector público será en algún momento de diciembre, dependiendo de su área.
Cabe consignar que la ley no establece que el aguinaldo, en cualquier fecha del año, sea algo obligatorio para trabajadores del sector privado, por lo que depende de cada empleador entregar este beneficio.
Por lo tanto, únicamente recibirán aquellas personas que: