¿Aún no te inscribes en el Registro Social de Hogares? Así puedes hacer el trámite desde tu celular - Chilevisión
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18/11/2022 12:11

¿Aún no te inscribes en el Registro Social de Hogares? Así puedes hacer el trámite desde tu celular

Estar dentro del sistema permite acceder a los beneficios y ayudas económicas que entrega el Estado, tales como la Pensión Garantizada Universal (PGU), el IFE Laboral y el Subsidio Protege. Descubre aquí el paso a paso para concretar el proceso.

Publicado por pazarancibia

Actualmente el gobierno entrega una serie de beneficios y ayudas económicas, tales como la Pensión Garantizada Universal (PGU), el IFE Laboral y el Subsidio Protege.

El mecanismo que utiliza el Estado para saber qué personas deben recibir estos aportes es el Registro Social de Hogares (RSH), un sistema de información construido con datos aportados por el hogar y bases administrativas que posee el propio gobierno.

De esa forma, las personas deben inscribirse en el sistema para poder recibir los beneficios estatales. El trámite se puede realizar de forma online, incluso en el celular, y acá te enseñamos cómo hacerlo.

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¿Quiénes pueden inscribirse?

El trámite de ingreso puede ser solicitado por cualquier integrante mayor de 18 años de un hogar que no tiene Registro Social de Hogares (RSH).

También pueden hacer el proceso aquellos que requieran crear un nuevo registro atendiendo a cambios en el hogar, siempre y cuando se acredite la administración del presupuesto de alimentación de su hogar.

Cabe destacar que un hogar es aquella persona o grupo de personas, unidas o no por un vínculo de parentesco, que comparten un presupuesto de alimentación común. Puede ocurrir que en un determinado domicilio exista uno o más hogares. Sin embargo, un hogar no puede ocupar más de una vivienda.

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¿Qué necesito para hacer el trámite?

Para tramitar la solicitud de ingreso al RSH, debe adjuntar o presentar los siguientes documentos:

  • Formulario de solicitud firmado por el o la solicitante y por todas las personas adultas que componen el hogar.
  • Copia de cédula de identidad de quienes firman el formulario.

Además, para acreditar residencia debe presentar uno de los siguientes documentos, que contenga la dirección de su vivienda y el nombre de alguna de las personas que integran su hogar:

  • Escritura o certificado de dominio vigente de la propiedad.
  • Certificado de avalúo fiscal.
  • Contrato de arriendo.
  • Certificado de residencia emitido por la respectiva Junta de Vecinos.
  • Boleta de servicios básicos (luz, agua, gas), o estado de cuenta emitido por la empresa proveedora de servicios de telefonía fija o móvil, Internet o de televisión.
  • Declaración emitida por el presidente de una comunidad indígena acreditada por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI).
  • Estado de cuenta, cartola o certificados emitidos por casas comerciales, instituciones bancarias, Fondo Nacional de Salud (FONASA), Instituciones de Salud Previsional (ISAPRE), Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) o Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

En caso de no contar con ninguno de los documentos anteriores y la solicitud de ingreso es seleccionada para verificación domiciliaria, también es válido un certificado de acreditación de residencia emitido por el encuestador municipal.

Para acreditar la composición familiar, en tanto se deben presentar, además de los documentos anteriormente mencionados, los siguientes documentos:

1. Incorporación de mayores de edad

Copia de la cédula de identidad vigente de todas las personas adultas que componen el hogar.

2. Incorporación de menores de edad bajo cuidado personal judicializado

En casos donde el cuidado personal del niño, niña o adolescente está asignado a alguno de los padres u otra persona, se debe presentar alguno de los siguientes documentos:

Certificado de nacimiento con subinscripción de “cuidado personal”, cuando corresponda.

Más uno de los siguientes documentos:

  • Una copia del acuerdo de la mediación aprobado judicialmente.
  • Avenimiento o una transacción aprobada judicialmente.
  • Acta de conciliación en audiencia.
  • Escritura pública o acta extendida ante cualquier oficial del Registro Civil, donde conste que el cuidado personal corresponde al padre, a la madre o a ambos en forma compartida.

3. Incorporación de menores de edad bajo cuidado personal informal:

  • Certificado de nacimiento.
  • Declaración jurada simple de incorporación firmada por la jefatura de hogar que indique que el niño, niña o adolescente es integrante del hogar, con la copia de la cédula nacional de identidad de quien firma el documento y la declaración jurada simple de autorización de desvinculación del hogar de origen, cuando corresponda, con la copia de la cédula de identidad de quienes firman dicho documento. Además de las declaraciones, se debe adjuntar un certificado del trabajador social del municipio u otra institución que acredite que el niño o la niña vive en el hogar donde está siendo incorporado.
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¿Cómo hacer el trámite?

Para hacer el trámite desde tu celular debes contar con ClaveÚnica. Si no tienes, haz clic en este link para enterarte cómo obtenerla.

Una vez reunidos los documentos mencionados anteriormente, debes seguir los siguientes pasos:

  • Ingresa al sitio web del Registro Social de Hogares.
  • Escribe tu RUN y ClaveÚnica, y haz clic en "continuar".
  • Haz clic en "ingresa al Registro Social de Hogares".
  • Completa tu información de contacto, y haz clic en "continuar".
  • Ingresa los datos de la vivienda, y seleccione "continuar".
  • Completa la información de los integrantes del hogar, seleccione la jefatura del hogar y la relación de quienes integran el hogar. Haz clic en "continuar".
  • Adjunta los documentos y selecciona "continuar". Si no adjunta los antecedentes a través del sitio web, en un plazo de 30 días corridos a partir de la fecha de inicio de la solicitud, esta se desistirá.
  • Como resultado del trámite, habrás solicitado el ingreso al Registro Social de Hogares (RSH). Una vez adjuntados los documentos, verás el mensaje “Tu solicitud ha sido ingresada con éxito”, la que posteriormente será revisada por el ejecutor municipal, quien determinará su aprobación o rechazo en un plazo de cinco días hábiles si no se realiza visita domiciliaria.

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