Elecciones 2024: ¿Puedo votar con el carnet vencido o comprobante de renovación? - Chilevisión
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21/10/2024 19:00

Elecciones 2024: ¿Puedo votar con el carnet vencido o comprobante de renovación?

El ministro de Justicia y el director nacional del Servicio de Registro Civil, Omar Morales, informaron sobre los documentos válidos para que los ciudadanos puedan ejercer su derecho al sufragio en las elecciones.

Publicado por Sebastián Leyton Ojeda

Este próximo 26 y 27 de octubre se llevarán a cabo las elecciones municipales y regionales en Chile, que contempla la elección de alcaldes, consejeros regionales, gobernadores y concejales.

El voto es obligatorio, pero hay personas pueden quedar exentas del deber cívico -y la multa correspondiente-, siempre y cuando se den casos específicos que permitan justificar la no concurrencia a votar.

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¿Cuáles son los documentos válidos para sufragar?

El ministro de Justicia, Jaime Gajardo; y el director nacional del Servicio de Registro Civil, Omar Morales, informaron sobre los documentos válidos para que las ciudadanas y los ciudadanos puedan ejercer su derecho al sufragio en las elecciones municipales.

En ese sentido las autoridades señalaron que las personas podrán votar con su cédula de identidad o pasaporte vigente o que estén vencidos desde el 27 de octubre de 2023.

"Los documentos válidos son la cédula de identidad y/o el pasaporte con un año de vencimiento previo al día de la elección, que es para efectos legales el 27 de octubre", señaló el ministro Gajardo.

A lo anterior, subrayó que "si el documento señala que es el 27 de octubre del año 2023 su fecha de vencimiento, ese documento le sirve para que pueda ejercer su derecho al sufragio".

Finalmente, aclaró que "no sirven otros documentos como la licencia de conducir, ni comprobantes de renovación", por lo que reiteró su llamado a acudir a las urnas con los documentos autorizados.

¿Cuál es la multa por no votar en las Elecciones 2024? 

Quienes no acudan a cumplir con su deber cívico a su respectivo local de votación, se arriesgan a recibir una multa

En principio, de acuerdo a la Ley 18.700, el Congreso Nacional estableció que las multas por no ir a votar serían de entre 0,5 y 3 UTM.

Pero el Veto Presidencial del Gobierno dejó el monto 0,5 UTM, es decir quienes no voten podrían llegar a pagar $33.280.