Inasistencias laboral por pronóstico de lluvias: Así es la protección legal para trabajadores - Chilevisión
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12/06/2024 20:15

Inasistencias laboral por pronóstico de lluvias: Así es la protección legal para trabajadores

A propósito del mal tiempo, la Dirección del Trabajo recordó que los empleadores no podrán despedir ni descontar salarios a quienes lleguen tarde o no asistan a su lugar de trabajo.

La Dirección del Trabajo recalcó esta jornada que, en el contexto del mal tiempo que afecta al país, los empleadores están impedidos de despedir o descontar salarios a trabajadores que no puedan asistir o lleguen tarde a sus lugares de trabajo.

Tanto el Código del Trabajo como el Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud incluyen disposiciones que protegen a los trabajadores frente a situaciones imprevistas e irresistibles, que les impiden cumplir con sus funciones habituales.

Además, se establece que los empleadores pueden informar a la Inspección del Trabajo si sus centros de trabajo se ven afectados por la falta de agua potable debido a cortes de energía eléctrica que comprometan la seguridad de los trabajadores.

MAS SOBRE EL SISTEMA FRONTAL

Protección legal y jurisprudencial frente a situaciones de fuerza mayor

En situaciones de fuerza mayor como el de ahora, los empleadores no pueden sancionar a trabajadores con despidos o descuentos por atrasos en la llegada o ausencias al trabajo.

Esta es una normativa que se aplica caso a caso, pero generalmente exime de responsabilidades laborales a aquellos empleados cuya falta de asistencia se deba a circunstancias imprevisibles e irresistibles, según establece la jurisprudencia.

Además, el artículo 206 bis del Código del Trabajo obliga a los empleadores, en casos excepcionales como un Estado de Catástrofe, a considerar modalidades de teletrabajo para empleados que tengan a su cargo niños en edad preescolar, siempre que las funciones laborales lo permitan.

Qué tipo de protección reciben los trabajadores en este escenario

En el contexto laboral, el Código del Trabajo establece que los trabajadores expuestos a condiciones adversas como lluvia o frío deben recibir equipamiento adecuado para su protección.

Esto incluye la entrega obligatoria de vestimenta impermeable, zapatos de seguridad y otros elementos necesarios para garantizar su salud física y mental mientras desempeñan sus labores.

¿Cuáles son las multas por incumplimiento a los empleadores?

Los empleadores que no aseguren adecuadamente la vida y salud de sus trabajadores pueden enfrentar multas que alcanzan hasta las 60 Unidades Tributarias Mensuales, equivalentes a $3.946.200 en junio de 2024, dependiendo del tamaño de la empresa.

La Dirección del Trabajo insta a los empleadores a proteger los derechos laborales y a informarse correctamente para tomar medidas preventivas.

Además, se recomienda a los usuarios realizar trámites en línea a través del Sistema Único de Atención Ciudadana, evitando desplazamientos a oficinas durante condiciones climáticas adversas.