Incluye a padres y madres: Revisa cómo funcionará la corresponsabilidad en las 40 horas laborales - Chilevisión
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12/04/2023 11:56

Incluye a padres y madres: Revisa cómo funcionará la corresponsabilidad en las 40 horas laborales

El proyecto fue despachado por la Cámara este martes, por lo que está a la espera de su promulgación para comenzar a regir. Esto es lo que tienes que saber si tienes hijos o hijas menores de 12 años y trabajas.

Publicado por pazarancibia
El proyecto que reduce la jornada laboral a 40 horas fue finalmente aprobado este martes en la Cámara de Diputadas y Diputados, y quedó a la espera de ser promulgado por el Ejecutivo. Esto está previsto que ocurra el 1 de mayo. De esta manera, se modificará el Código del Trabajo con el objetivo de reducir la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales.  

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¿Qué pasa con padres y madres?

Uno de los aspectos de la iniciativa es que se consagra el derecho a poder convenir un ingreso diferido de entradas y salidas para que la madre y padre de niños/as menores de 12 años puedan compartir labores de cuidado. Se trata de un mecanismo de corresponsabilidad que también regirá para cuidadores de menores de 12 años, quienes podrán anticipar o retrasar el inicio y/o salida del trabajo.  

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  Esto, con el fin de conciliar de mejor manera los horarios de los colegios con las jornadas laborales. De acuerdo a la ley, tendrán derecho a una banda de dos horas en total, dentro de la que podrán anticipar o retrasar hasta en una hora el comienzo de sus labores, determinando así también el horario de salida al final de la jornada.

¿Cómo hacer efectivo el beneficio?

Para ejercer este derecho, el trabajador deberá entregar al empleador el respectivo certificado de nacimiento o la sentencia que otorgue el cuidado personal de un niño o niña. El empleador no podrá negarse "sino cuando la empresa funcione en un horario que no permita anticipar o postergar la jornada de trabajo, o por la naturaleza de los servicios prestados por el trabajador". Este último punto se refiere a quienes hacen "funciones o labores de atención de público, o que sean necesarias para la realización de los servicios de otros trabajadores, o de atención de servicios de urgencia, trabajo por turnos, guardias, o similares, en tanto requieran que el trabajador efectivamente se encuentre en su puesto a la hora específica señalada en el contrato de trabajo o en el reglamento interno".  

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  La ley estipula que si ambos padres son trabajadores, cualquiera de ellos, a elección de la madre, podrá hacer uso de este derecho. En caso de controversia, y a petición de cualquiera de las partes, el inspector del Trabajo respectivo resolverá si esa determinada labor se encuentra en alguna de las situaciones descritas.

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