Quienes no cumplan con el debe cívico en uno de los dos días habilitados, arriesgan una importante multa. Pero hay algunos casos que pueden evitar la sanción.
Para las elecciones regionales y municipales 2024 los más de 15 millones de electores habilitados para votar tendrán dos días para elegir alcaldes, concejales, gobernadores y consejeros regionales.
El voto es obligatorio, pero hay personas pueden quedar exentas del deber cívico -y la multa correspondiente-, siempre y cuando se den casos específicos que permitan justificar la no concurrencia a votar.
Si tienes alguna de las razones mencionadas para no votar, no es necesario realizar trámites en el Servel.
En caso de que no vayas a votar, serás citado por el Juez de Policía Local más cercano a tu domicilio electoral. En esa instancia tendrás que presentar documentos que acrediten tu ausencia los días de las votaciones.
Por otra parte, solo para el caso de quienes estén a más de 200 kilómetros de su lugar de votación, deben acudir a Carabineros (comisaría, tenencia o retén) y dejar una constancia de manera presencial.
El monto de la multa para quienes no asistan a votar en las Elecciones 2024 es de 0,5 UTM, es decir $33.280.