Desde no ingresar bien los datos hasta deudas pendientes con tesorería. Acá te contamos algunos de los motivos más comunes por los cuales la devolución de impuestos se puede retrasar.
El proceso de devolución de impuestos se inició el pasado lunes 13 de mayo y las fechas establecidas para recibir los depósitos, dependerán del periodo en el que se hizo declaración.
En esa línea, los primeros en recibir el dinero serán aquellas personas y empresas que realizaron el trámite antes del 15 de abril de este año.
Pero si lo hiciste en esa fecha y aún no llega, lo más probable es que hayas cometido algún error a la hora de realizar el trámite o tengas alguna situación pendiente.
Para solucionar esta situación, primero hay que detectar la razón de por qué se retrasó la devolución, para arreglar este problema y no repetirlo en los próximos años.
Personas naturales
1. Agentes retenedores impugnados, es decir, que las empresas tienen problemas con sus presentaciones de declaraciones juradas donde estas involucrado. Por ejemplo: si emitiste alguna boleta de honorarios, las empresas tienen la obligación de enviar la declaración jurada de honorarios, si por algún motivo no informaron tu boleta o tienen algún tipo de diferencia con su F29 (en donde pagan la retención del 10%), es muy probable que tu devolución no llegue en fecha.
2. Arriendos. Las personas que perciban ingresos por arriendos, están obligados a declarar y para ellos deben revisar si fue presentada al SII las declaraciones juradas, donde se informa el bien raíz no agrícola y los montos de arriendos.
3. Declaración Modificada maliciosamente. Que se hayan modificados los datos de la propuesta para obtener una devolución mayor que no corresponde.
4. Deudas con tesorería. Si se presenta este caso, tesorería se pagará de la devolución de impuestos presentada.
5. Si la renta fue presentada en las primeras semanas y su agente reteneros cambio una de sus declaraciones juradas, puede que la información presentada difiera de la realidad.
Empresas
1. Declaraciones juras observadas. Si no se encuentran aceptadas serán impugnadas
2. Vectores. El servicio utiliza fórmulas para determinar que los datos sean fidedignos, si no se encuentran dentro del parámetro la renta será retenida.
3. Situaciones de renta anteriores. Si presentan rentas observadas de años anteriores que no han sido rectificadas puede que la retenga para que regularice su situación
4. Anotaciones RIAC. Si a la fecha esta inconcurrente o no a presentado libros de compra venta y el servicio envía el mensaje puede tener problemas.
5. Nuevas Declaraciones Juradas. Si no fueron presentadas las nuevas DDJJ para este año y realizo su renta, puede que sea retenido, porque el SII no tendrá la información para revisar.