¿Ya te matriculaste, pero quieres cambiar tu elección? El paso a paso para ejercer tu derecho a retracto - Chilevisión
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19/01/2023 12:30

¿Ya te matriculaste, pero quieres cambiar tu elección? El paso a paso para ejercer tu derecho a retracto

Desde que se dieron a conocer los resultados de las postulaciones a las universidades, los y las estudiantes de primer año cuentan con un plazo para cambiar su decisión y exigir la devolución del dinero de su matrícula.

Publicado por Bruno Delgado
Elegir una carrera luego de dar la PAES puede convertirse en un dolor de cabeza para quienes no tienen claro aún a qué área quieren dedicar sus vidas. Por eso, te traemos una opción si ya estás matriculado y te arrepentiste de tu elección: El derecho a retracto. 

Fechas y plazos

Esta facultad permite a los estudiantes de primer año que ya firmaron con alguna casa de estudios desistir y cambiar su elección, siempre y cuando se realice dentro de un plazo de 10 días corridos. Para 2023, el período comprende desde el miércoles 18 al viernes 27 de enero.  Estos comienzan a contar desde la primera publicación de los resultados de las postulaciones a las universidades pertenecientes al Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (Cruch).

¿Cómo se ejerce el derecho a retracto?

De acuerdo a la información del Sernac, lo primero que debes hacer es:
  • Presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que originalmente firmaste.
  • Éste debe ir acompañado con una carta en la que se manifieste tu intención de ejercer este derecho.
  • En el documento, debes indicar claramente la fecha.
  • Puedes descargar una carta tipo pulsando aquí.
  • Junto a lo anterior, puedes solicitar a la institución que timbre o firme una copia de esta carta, de forma que quede constancia de la fecha en que se hizo efectivo. Lo anterior, por si te encuentras con algún problema posteriormente.

¿Qué debe hacer la institución?

Una vez concretado el trámite, la casa de estudios debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año dentro de 10 días corridos, desde que el alumno ejerció el derecho. Y ojo, la institución no puede retener el dinero pagado ni los documentos de pago o crédito, aunque, excepcionalmente, podrá retener hasta el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración. Además, la institución no puede negarse a realizar este trámite. De ser así, deberás presentar un reclamo ante la Superintendencia de Educación Superior o el Portal del Consumidor del Sernac, ingresando con tu ClaveÚnica.

 

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